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Estableció un nuevo mecanismo para que los propietarios que alquilen casas o departamentos en lugares turísticos registren esos contratos
Las personas que alquilen viviendas amuebladas con fines turísticos, por plazos que van desde un día a seis meses, deberán informarlo a la Administración Federal de Ingresos Públicos a partir del 1 de marzo próximo.
Así lo dispone la resolución general 3.687 que fue publicada ayer en el Boletín Oficial con la firma del titular de la Afip, Ricardo Echegaray.
Quienes tienen que cumplir con este requisito son los dueños de los inmuebles, si realiza en forma directa el alquiler, o en su efecto quienes administren, gestionen, intermedien o actúen como oferentes de las locaciones temporarias para turistas.
sanciones
Estas personas deberán inscribirse en el “Registro de Operaciones Inmobiliarias” y si no cumplen con la obligatoriedad de informar serán pasibles de sanciones, según lo dispuesto por la norma.
La medida regirá desde el 1 de marzo de 2015 y, según los considerandos de la resolución, se adopta por “razones de administración tributaria” y para “optimizar la acción fiscalizadora del organismo y el control de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes y responsables”.
Una vez por mes, los inscriptos deberán entrar al portal de la web de la Afip e informar si en ese período concretaron algún alquiler temporario.
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