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El Boletín Oficial publicó el decreto presidencial que traslada los feriados nacionales y elimina los "puente"
Mediante el decreto de necesidad y urgencia 52/2017, el Gobierno dio a conocer hoy la eliminación de los dos "feriados puente" anuales que se habían creado para "incentivar al sector turístico". Dicho cambio se sostiene en el argumento de que los feriados generaron "dificultades" para el cumplimiento del ciclo lectivo y "afectó la competitividad" productiva. Publicado hoy en el Boletín Oficial, también modifica el régimen de feriados nacionales y ordena que aquellos que coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al lunes siguiente.
Se exceptúan de esta disposición los feriados nacionales correspondientes al 1° de Enero, Lunes y Martes de Carnaval, Viernes Santo, 1° de Mayo, 25 de Mayo, 9 de Julio, 8 de Diciembre y 25 de Diciembre, de acuerdo al texto de la norma. Dejarán de ser inamovibles, por tanto, el 24 de marzo que se conmemora el "Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia", al recordarse el día del golpe militar de 1976; el 2 de abril "Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas"; el 17 de junio Fallecimiento del General Martín Miguel de Güemes y el 20 de junio Fallecimiento del General Manuel Belgrano.
En el decreto que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri y todos sus ministros se advierte que los feriados con fines turísticos fueron para fomentar el turismo y el desarrollo de economías regionales pero generaron "dificultades para el cumplimiento de los días dispuestos para el Ciclo Lectivo y afectaron la competitividad del sector productivo". Los denominados feriados puente eran dos por año y se disponían en coincidencia con los días lunes anteriores o viernes posteriores a un feriado nacional que caían en martes o jueves, respectivamente.
"Feriados nacionales apuntan a conmemorar y concientizar sobre determinadas fechas que tienen relevancia histórica para el país, por lo que no debe perderse ese norte diluyendo su significado simbólico", sostiene el DNU. Y agrega que "la técnica de centralizar en una única normativa el régimen general de los feriados, permite dar un marco previsible a la hora de planificar las distintas actividades económicas, culturales y familiares de nuestra sociedad".
El nuevo calendario
27 y 28 de febrero: lunes y martes de Carnaval (inamovible)
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24 de marzo: viernes, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (se pasa al lunes 27)
2 de abril: domingo, Día del Veterano y de los Caídos en Malvinas
13 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
14 de abril: Viernes Santo (inamovible)
1° de mayo: lunes, Día del Trabajador (inamovible)
25 de mayo: jueves, Día de la Revolución de Mayo (inamovible)
17 de junio: sábado, Paso a la Inmortalidad del Gral. M. Martín de Güemes
20 de junio: martes, Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano (se pasa al lunes 19)
9 de julio: domingo, Día de la Independencia (inamovible)
17 de agosto: jueves, Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín (se pasa al lunes 21)
12 de octubre: jueves, Día del Respeto a la Diversidad Cultural (se pasa al lunes 16)
20 de noviembre: lunes, Día de la Soberanía Nacional
8 de diciembre: viernes, Día de la Inmaculada Concepción de María (inamovible)
25 de diciembre: lunes, Navidad
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