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El país |REGLAMENTARON LA LEY DE REPARACION HISTORICA

Deudas a jubilados: ya se puede consultar quiénes van a cobrar

Es a través de la página web de la ANSeS. Detalles

Deudas a jubilados: ya se puede consultar quiénes van a cobrar

El portal de la ANSeS donde jubilados y pensionados deben asesorarse sobre la deuda

29 de Julio de 2016 | 03:11

El Gobierno reglamentó el denominado Programa Nacional de Reparación Histórica para pagar las deudas previsionales con jubilados y pensionados nacionales que hayan o no iniciado juicios con el Estado por mala liquidación de sus haberes.

A partir de la reglamentación, los adultos mayores ya pueden chequear (con o sin ayuda de familiares o abogados), en la página web de la ANSeS, cuál es su situación previsional para saber si están o no incluidos en el plan de recomposición de haberes y el pago de juicios.

De todos modos, en el decreto 894, que fue publicado ayer en el Boletín Oficial, se precisa que desde el organismo previsional se contactarán con los jubilados a través de un correo electrónico para informarles los términos de la propuesta y que tendrán prioridad los adultos que tengan más de 80 años o que padezcan problemas de salud.

Según estimaciones del Gobierno, la medida afectará directamente a 400 mil personas que mantienen juicios con el Estado, pero esa cifra podría ascender a los 2,4 millones ante potenciales nuevos reclamos.

LSO ALCANCES

La medida alcanzará a quienes tengan juicios con el Estado, pero no sentencia firme, y a quienes no hayan iniciado juicio: en el primer caso recibirán hasta un tope de 48 meses de retroactividad; y en el segundo, tendrán el reajuste del haber mensual desde la fecha de ingreso al programa.

La ley también prevé que en los casos en que no se haya comenzado un juicio, la ANSeS tendrá que hacerse cargo de los honorarios de los abogados, y además establece que los procesos judiciales se desarrollarán en los tribunales más cercanos al domicilio del jubilado.

El decreto precisa que los reajustes de haberes que obtengan los jubilados y pensionados nacionales no modifican las pautas de devolución del IVA para las compras con tarjeta de débito ni para la determinación de la tarifa social.

Cabe recordar que dentro del paquete de medidas incluidas en el decreto 894 está la reglamentación de la Pensión Universal para el Adulto Mayor que alcanza a aquellas personas mayores de 65 años que no cuenten con una prestación previsional contributiva.

Esta pensión consiste en el pago de una prestación mensual equivalente al 80% del haber mínimo, con lo cual hoy cobrarían $3.967.

COMO CONSULTAR EN LA WEB

La ANSeS dio un instructivo de son los pasos que deben seguir los jubilados para consultar en la web si les corresponde algún beneficio:

1) Tener una clave de seguridad Social. Si aún no la tiene se puede consultar en la misma página del organismo -www.anses.gob.ar- cómo se debe hacer para crearla.

2) Al ingresar en www.anses.gob.ar, se debe ir a la sección “Mi ANSES” y actualizar los datos de contacto.

3) Dentro de “Mi ANSES”, en la sección “Reparación histórica” el jubilado podrá saber si está incluido dentro del programa y la resolución del trámite.

Desde la ANSeS se aclaró además que para hacer cualquier trámite tanto el jubilado como su abogado deben tener sus huellas digitales registradas. Los lugares para hacerlo están disponibles en http://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/enrolamiento-huella.html, que pueden ser en el banco en el cual el jubilado cobra habitualmente sus haberes o en alguna oficina de ANSeS habilitada.

La oferta de pago estará disponible en septiembre, cuando la persona podrá aceptar o no el acuerdo, y en el caso de que la respuesta sea positiva se firmará con la huella digital del beneficiario y de su abogado.

Este acuerdo se transferirá por vía electrónica al fuero de la seguridad social, donde el juez del tribunal más cercano al beneficiario deberá homologarlo.

Si el jubilado no acepta la propuesta del Estado y no ingresa al plan de reajuste, seguirá cobrando lo que cobra hoy y si está en juicio, una vez concluido, la ANSeS acatará la sentencia.

Por último, como el trámite debe realizarse con la asistencia de un abogado, se prevé que en el caso de no tener un juicio previo, la persona deberá designar a un letrado que cobrará un honorario de 500 pesos que estará a cargo del organismo.

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