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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció como obligatorio la registración de toda venta de silo bolsa, a través del envío electrónico de datos y de cada contrato y operación de compraventa de granos que no tengan por destino la siembra, tanto cereales y oleaginosos como legumbres secas.
La decisión fue adoptada a través de las resoluciones generales números 3.745 y 3.744 respectivamente, que fueron publicadas en el Boletín Oficial, calificadas como “una herramienta eficaz para la estructuración de procedimientos y planes de fiscalización” impositiva.
La registración e información de cada venta de las bolsas plásticas que tienen por destino el almacenado de granos, más conocidas como silo bolsas, deberá ser cumplida por parte de los fabricantes y proveedores al efecto de permitir a la Afip la “optimización” de su actividad fiscalizadora. Ambas medidas fueron firmadas por el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray.
Para el caso de las operaciones de compraventa de cereales y oleaginosas, y también legumbres frescas, las autoridades impositivas establecieron como norma el procedimiento de registración de aquellos granos que no tengan a la siembra como destino.
Este requerimiento informativo ante la AFIP rige desde ayer para el acopio de granos de trigo, cebada, maíz, soja, girasol y sorgo, además de legumbres como porotos, arvejas y lentejas, entre otros.
Mientras, el titular de la Afip anunció ayer la generalización de la factura electrónica y controladores fiscales.
“La semana que viene seguramente vamos a anunciar la generalización de la factura electrónica y la utilización de controladores fiscales de última generación”, señaló Echegaray en conferencia de prensa.
No obstante, aclaró que “se pondrá fecha para todos los sectores y luego se abrirán ventajas de discusión para aquellos que necesiten una consideración especial”. Anticipó que con la ampliación de estos sistemas “irán quedando sin efecto los distintos regímenes informáticos vigentes”.
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