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El país |DECLARO INCONSTITUCIONAL UN DECRETO DE HACE 19 AÑOS

La Corte falló contra la poda de 15% en la coparticipación

El Estado deberá devolver fondos tras demandas de tres provincias

La Corte falló contra la poda  de 15% en la coparticipación

La Corte falló contra la poda de 15% en la coparticipación

25 de Noviembre de 2015 | 02:32

La Corte Suprema de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la quita del 15 por ciento que la Nación les hace a las provincias para financiar la caja de la ANSES. Es un fallo que, en principio, obliga a devolverles plata a Santa Fe, a San Luis y a Córdoba, que son las provincias que cuestionaron la deducción ante la Corte. Pero abriría la puerta a que otras provincias se plieguen ahora al reclamo sobre la base del precedente judicial.

En la tabla que se publica en esta página se detalla, provincia por provincia, el monto que representó, desde 2006 hasta ahora, la reducción sobre los montos coparticipables.

Las provincias que promovieron la demanda contra el Estado nacional tienen tiempo de acordar hasta abril de 2016 las modalidades de devolución de esos recursos reclamados, de acuerdo con el fallo de la Corte. Por eso, el presidente electo Mauricio Macri deberá hacer frente a un impensado costo fiscal derivado de los fallos dados a conocer ayer por la Corte Suprema de Justicia, ya que le corresponde al Estado nacional el pago de una suma que superará los 45.000 millones de pesos a las provincias mencionadas por detracciones para el financiamiento de la ANSES y la AFIP. A ese monto habría que sumarle la actualización, que -según estimaciones- lo llevarían casi al doble.

En el acumulado (2006/2015) a la provincia de Buenos Aires le “quitaron” casi 50 mil millones de pesos, que a partir de este fallo podría reclamar.

INCUMPLIMIENTO Y NUEVA LEY

La Corte además exhortó ayer al Poder Ejecutivo Nacional y al Congreso de la Nación a que convoquen a la elaboración e implementación de un nuevo régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, tal como se ordenó en la reforma constitucional de 1994.

En la disposición transitoria sexta de la Carta Magna se estableció que ese nuevo régimen debería haberse sancionado “antes de la finalización del año 1996”, de lo que se desprende que hace casi años que hay un incumplimiento de ese mandato constitucional, que perjudicó a las provincias.

La sentencia contó con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda. Además suspende de manera inmediata los descuentos que el Estado efectúa a la provincia de Córdoba sobre fondos de la coparticipación federal de impuestos.

La detracción de este 15% de la coparticipación integra un fondo fondo que se retira antes de distribuirla entre las provincias y la Nación. Desde 1992 se dispuso financiar con este dinero a la ANSES, antes de que se constituyeran las AFJP, en un período en el que había un déficit grande de la seguridad social en la Argentina. De esa forma el organismo previsional pudo equilibrar su balance con aportes por encima de la contribución de los trabajadores.

La Corte dio, así, marcha atrás con una década de detracciones sin acuerdo de provincias

Desde el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) se estimó en más de $80.000 millones el monto de la devolución dispuesta por la Corte, si se contabilizan unos $19.800 millones en términos históricos correspondientes a Córdoba y un monto similar para Santa Fe, que tienen coeficientes de coparticipación casi idénticos. Con la actualización, la cifra podría ascender a unos $35.000 millones para cada distrito, más otros $10.000 millones para San Luis.

El fallo de la Corte obliga al Estado nacional a “cesar en forma inmediata de detraer esos fondos bajo apercibimiento de ordenar al presidente del Banco Nación que cumpla con la orden en el plazo de diez días” y “devolver a las provincias la suma retenida indebidamente desde el 1°de enero de 2006 más los intereses que correspondan”.

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