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Así lo requirió la Cámara Nacional Electoral, tal como lo ordena la Ley de Financiamiento de los partidos político, y reclamó al Congreso de la Nación que actualice la normativa vigente sobre la cuestión
La Cámara Nacional Electoral exhortó hoy a las empresas de encuestas y sondeos de opinión a que presenten la información sobre fichas técnicas de los mediciones realizadas, tal como lo ordena la Ley de Financiamiento de los partidos político, y reclamó al Congreso de la Nación que actualice la normativa vigente sobre la cuestión.
Al respecto, los jueces plantearon que la carencia de datos que los lleva a emitir el pronunciamiento es tal que de 35 encuestadoras registradas, sólo ocho presentaron el correspondiente detalle sobre la forma y la modalidad de las encuestas para las próximas elecciones.
La decisión de la Cámara Electoral llega a nueve días de las elecciones PASO y tras la polémica generada por los sondeos previos al balotaje de las elecciones porteñas.
A través de una acordada, el máximo tribunal en materia electoral del país reclamó que se cumpla con la Ley que fija la creación de un registro de empresas de encuestas y sondeos, en el que deberán inscribirse los interesados, si quieren difundir sus mediciones durante la campaña electoral, pero además reportar los datos con que se realizan los relevamientos.
Los jueces Santiago Hernán Corcuera, Alberto Ricardo Dalla Via y Rodolfo Emilio Munné hicieron saber "el exiguo número de informes técnicos presentados por las empresas de encuestas y sondeos de opinión ante la Cámara", algo que "no se condice con la cantidad de mediciones difundidas por distintos medios a la opinión pública, privando así a la ciudadanía de la información sobre la metodología utilizada en la elaboración de las encuestas ya publicadas".
Según se precisó, "del total de empresas registradas en el Registro de Encuestas y Sondeos de Opinión de la Cámara, sólo ocho presentaron las fichas técnicas correspondientes a las encuestas realizadas con motivo del proceso electoral del corriente año".
Por ello, "a los fines de dar operatividad a las disposiciones vigentes", el Tribunal instó a "las empresas que realizan encuestas y sondeos de opinión político-electorales para que den cumplimiento a las previsiones establecidas en la Ley que estableció el procedimiento para la inscripción, presentación y publicación de la información requerida en el Registro de Encuestas y Sondeos de Opinión que se difunde en su sitio web".
Al mismo tiempo, la Cámara se dirigió al Congreso de la Nación solicitándole que "evalúe la posibilidad de revisión del régimen vigente, para dotarlo de medios adecuados y procedimientos efectivos tendientes a su correcta observancia".
"No escapa al conocimiento del Tribunal la insuficiente regulación sobre las mediciones político-electorales puestas a disposición de la opinión pública durante el desarrollo de los procesos electorales. Por ello -y tal como se hizo con motivo de la publicidad oficial y la limitación temporal de las campañas electorales, corresponde dirigirse al Congreso de la Nación a los fines de que se evalúe la posibilidad de revisión del régimen vigente", se añadió.
El pronuncimianro judicial recordó que en las elecciones de 2011, de las veinticuatro encuestadoras inscriptas "sólo siete" presentaron las especificaciones técnicas de los trabajos realizados y que, en 2013, "fueron diez sobre treinta".
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