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• “La resolución (de Rafecas) descarta en forma anticipada y prematura las hipótesis traídas a conocimiento a través de la denuncia del Dr. Alberto Nisman. Ciertamente, la decisión de proceder al cierre inmediato del sumario, sin realizar ninguna de las medidas que habían sido propuestas en el requerimiento de instrucción, impide contar con información esencial para poder sostener con certeza que la creación de una ‘Comisión de la Verdad’ no tiene relevancia en el ámbito penal o que no hubo un accionar orientado a obtener la baja de las circulares rojas relacionadas a los imputados iraníes con pedido de captura por el atentado a la AMIA”.
• “La resolución cuestionada contiene afirmaciones categóricas claramente opuestas a las posiciones igual de extremas defendidas por el Dr. Nisman en su denuncia, lo cual persuade acerca de que resulta prudente y razonable abrir la investigación propuesta por esta Fiscalía para luego poder tomar una decisión sobre el fondo del asunto con la información necesaria a tales fines”.
• “Una hipótesis criminal de inusitada gravedad y trascendencia institucional, como la presentada por el Dr. Nisman, demanda la realización de todos los esfuerzos posibles para intentar alcanzar la verdad real de lo sucedido, sea que ella se identifique con la versión incriminatoria de la denuncia o bien con aquella diametralmente opuesta sostenida en la desestimación”.
• “Una vez que ello suceda, se podrá transmitir a la sociedad el mensaje de que las instancias judiciales intervinientes en el caso agotaron todos los recursos y herramientas disponibles para que su resolución lo sea con la mayor claridad, transparencia y equidad posibles”.
• “La versión del Dr. Nisman indica que los funcionarios denunciados realizaron efectivamente los aportes que abarcaba el plan criminal diseñado para su comienzo de ejecución. En estas condiciones, surge a las claras de lo expuesto la existencia de dos posturas tan extremas que, insisto, exigen la apertura de una investigación para, mediante las medidas solicitadas -cables diplomáticos, declaraciones testimoniales, etcétera-, arrojar luz sobre lo verdaderamente ocurrido y conductas atribuidas respecto de los sindicados como autores o partícipes de la grave denuncia que se viene tratando”.
• “ Sólo contando con los antecedentes que proporcionará una correcta investigación, corresponderá decidir si es viable una imputación o si debe disponerse en cambio una desvinculación definitiva”.
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