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Información General |avanza la aplicacion del nuevo marco legal

Trasplante directo y divorcio récord, dos efectos del nuevo Código Civil

Mientras que en Formosa una pareja se divorció en horas, en Rosario la Justicia autorizó una inusual donación de riñón

Trasplante directo y divorcio récord, dos efectos del nuevo Código Civil

La simplificación del trámite para poner fin al vínculo matrimonial permite que hay las parejas puedan divorciarse rápidamente.

5 de Septiembre de 2015 | 01:57

A poco más de un mes de haber entrado en vigencia, el Código Civil y Comercial Unificado comienza a incidir cada vez más en la vida cotidiana de los argentinos como evidencian dos hechos registrados ayer en distintos puntos del país. Mientras que un Juzgado de Familia de Formosa decretó el divorcio de un matrimonio en apenas 24 horas, la Justicia de Rosario autorizó a una mujer a donarle un riñón a un hombre del que no es pariente directo basándose para ello en un artículo del nuevo marco legal.

En un fallo que tiene poco más de una carilla, la jueza formoseña Adriana Carminatti decretó el divorcio de una pareja al día siguiente de que ésta iniciara el trámite para poner fin a su matrimonio. La sentencia fue difundida ayer por el Centro de Información Judicial, que reveló que en virtud del nuevo Código Civil “la magistrada homologó de inmediato el convenio regulador subscrito por los ahora ex cónyuges, quienes habían contraído matrimonio el 18 de marzo del 2011 y no tuvieron hijos de su unión”.

El “convenio regulador”, como muchos saben a esta altura, es un contrato exigido por el nuevo Código en los procesos divorcio para que los ex cónyuges acuerden lo relacionado tanto a la custodia de los hijos como al reparto de los bienes tras la separación.

En su breve sentencia la jueza señala que la unión estaba acreditada por la “partida de matrimonio acompañada” por lo que se dieron “por acreditados los vínculos invocados” y la intención de ambospeticionantes quienes “solicitan se decrete su divorcio”. De modo que tras imponer “las costas en el orden causado” (cada uno paga los honorarios de su abogado) la magistrada ordenó que se inscriba el divorcio en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas y se expida un testimonio “para cada uno de los peticionantes”. Así de simple.

DONACION “DIRECTA”

No menos novedoso resultó que la Justicia Rosario autorizara a una mujer a donar en forma directa un riñón a un paciente de 39 años con el que no tiene vínculos de sangre sobre la base de que “la decisión de un donante es `personalísima y de carácter altruista`, según establece el nuevo Código Civil”.

Aunque la Justicia ya ha avalado en situaciones anteriores la donación directa sin que exista vinculo familiar entre el donante y el receptor, el fallo de Rosario es el primero que se basó para ello en criterios establecidos por el nuevo Código Civil.

“Las partes del cuerpo no tienen un valor comercial sino afectivo, terapéutico, científico, humanitario o social y sólo pueden ser disponibles por su titular de acuerdo a estos parámetros (...). Se trata de respetar la decisión personalísima y de carácter altruista tomada por la donante, como asimismo el derecho a la vida y a la salud del paciente”, sostiene el juez santafesino Edgardo Bonomelli en el inusual fallo difundido ayer.

La intervención judicial tuvo lugar a partir del caso de un paciente rosarino de 39 años de edad que padece la enfermedad de Fabry y que no encontró en su núcleo familiar donantes compatibles. La mujer que resultó compatible y que donará el órgano es una prima lejana de la esposa del receptor, según consignaron fuentes judiciales.

“Si la decisión de donar es por medio de un familiar directo no actúa la ley, pero en este caso sí, ya que dicha decisión debe autorizarla un juez porque con eso y según la Ley de Trasplantes se trata de evitar la venta de órganos”, explicó la abogada patrocinante del paciente, Carina Mazzeo.

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