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Algunas claves de la respuesta de Madrid

20 de Octubre de 2017 | 04:17
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El gobierno español de Mariano Rajoy anunció la intervención del autogobierno de Cataluña mediante el articulo 155 de la Constitución española (de 1978), nunca antes aplicado en 40 años de democracia, luego de que el Ejecutivo regional amenazara con formalizar una declaración de independencia.

EL ARTICULO 155

El artículo de sólo dos párrafos sostiene que si una comunidad autónoma no cumpliera las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actúe de una forma que atente gravemente contra el interés general de España, el Gobierno podrá adoptar las medidas necesarias para obligar al cumplimiento forzoso de sus obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

Para aplicar estas medidas se estipula como primer paso un requerimiento previo al presidente de la comunidad y, en caso de no ser atendido, se necesitará la aprobación de la mayoría absoluta del Senado.

EL MECANISMO

El artículo 155 activa después de que el presidente catalán, Carles Puigdemont, dijera el martes pasado ante el parlamento regional que asumía el mandato para declarar la independencia y, al mismo tiempo, lo suspendía.

Esa formulación confusa llevó al Ejecutivo a hacer un requerimiento formal al presidente regional para que aclarara si había declarado la independencia de Cataluña, un acto que atenta contra el “interés general” de España, porque afecta la integridad territorial del Estado y la soberanía nacional consagradas en la Constitución. Al vencer ayer el ultimátum, Puigdemont dijo que el parlamento no había votado la secesión, pero amenazó con hacerlo si el gobierno español no aceptaba dialogar.

El referendo del 1 de octubre ya vulneraba la Carta Magna, tal como falló el Tribunal Constitucional. No obstante, el Ejecutivo central no aplicó medidas extremas y llamó a Puigdemont a volver a la legalidad. Además, había reticencias con el artículo 155 porque supondrá un control del gobierno regional.

¿NO HAY MARCHA ATRAS?

Sí. Como las medidas necesitan aprobación del Senado, durante el plazo del trámite (unos 10 días), el presidente catalán podría rectificar su posición o convocar a elecciones regionales, las únicas dos opciones que el Ejecutivo adelantó que frenarían la aplicación del artículo 155.

TRAMITE PARA ACTIVAR EL 155

Tras el Consejo de Ministros que aprobará mañana las medidas concretas de intervención, el gobierno trasladará su propuesta al Senado, que se reuniría para convocar la Comisión General de las Comunidades Autónomas, probablemente entre el lunes y martes próximos.

La Comisión debatirá y aprobará las medidas, que serán trasladadas a Puigdemont para que presente los alegatos que crea convenientes. Si la respuesta es insuficiente, el Pleno del Senado votará las medidas. Esto sería el 30 o 31 de octubre. Si bien el Partido Popular (PP) de Rajoy tiene mayoría, quiere sacar las medidas con un consenso abrumador, para lo cual suma el apoyo del líder socialista Pedro Sánchez y del partido liberal Ciudadanos, de Albert Rivera.

¿COMO SERA LA INTERVENCION?

Según trascendió, se busca una intervención “quirúrgica” que llevaría a la suspensión de algunas competencias de autogobierno en áreas en las que se está incumpliendo la Constitución. También se habla de un gobierno paralelo, por un tiempo definido, con el fin de dirigir la transición hasta unas elecciones autonómicas.

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