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Los proyectos ingresaron a través de un expediente digital. La licencia por paternidad se extiende a quince días
Los proyectos de ley de reforma laboral y previsional, así como el consenso fiscal firmado entre el gobierno nacional y los gobiernos provinciales el jueves pasado fueron enviados ayer a la madrugada (a través de un expediente digital) a la Cámara de Senadores, se informó desde la Jefatura de Gabinete de Ministros.
El proyecto de Ley de Reforma Laboral, que cuenta con 130 artículos, pretende “la formalización del empleo, la baja de la litigiosidad, generar empleos, aumentar la productividad, proteger a las poblaciones vulnerables y mejorar la formación continua”, según se afirma en sus considerandos.
La iniciativa propone una condonación de deuda para aquellos empleadores que regularicen la situación de sus trabajadores, quienes podrán contabilizar hasta cinco años de aportes para su jubilación y obtener todos los beneficios de la antigüedad en el puesto.
En este ítem, se clarifica el concepto de “registración laboral” y se establecen multas por la no registración que serán giradas a la seguridad social.
También se crea una nueva figura para trabajadores autónomos que presten servicios especializados para una persona física o jurídica, de la que dependan hasta el 80 por ciento de sus ingresos anuales y/o no se superen las veintidós horas semanales de dedicación.
En pos de reducir la litigiosidad, se busca ordenar normativamente la situación de trabajadores de empresas que prestan servicios en otras empresas. Se clarifican, así, las obligaciones que los contratistas deben cumplir para garantizar el cumplimiento de los controles de tercerización: se debe solicitar el CUIL de los trabajadores subcontratados y el control de la constancia de pago de las remuneraciones y los aportes a la seguridad social.
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Por otro lado, se preserva la protección de los trabajadores frente a “cambios irrazonables en el contrato de trabajo evitando la posibilidad de abusos de la normativa”.
En cuanto al cálculo de las indemnizaciones, se continuará considerando para ello, no solo el salario y el promedio de las horas extras corrientes, sino también el proporcional mensual del aguinaldo y el premio anual, cuando sean de práctica habitual de la empresa.
Asimismo, se garantiza la validez de las modificaciones de contratos celebrados entre empleador y trabajador mediante la homologación con asistencia sindical o letrada.
También se crea un Fondo de Cese Laboral que será voluntario con contribución a cargo del empleador para el cumplimiento de las indemnizaciones.
Por otro lado, se establece una licencia por paternidad y adopción de quince días y para trámites de adopción de diez días anuales.
La intención es comenzar a debatir el proyecto la semana que viene con la presencia del ministro de Trabajo, Jorge Triaca, y de representantes de las centrales gremiales.
El proyecto de ley de reforma previsional prevé que los incrementos en las jubilaciones se ajustarán trimestralmente por el índice de inflación, a los que se sumará el 5% anual del crecimiento del PBI.
Actualmente, las jubilaciones se actualizan a partir de una ecuación que combina la evolución de los salarios y el incremento de la recaudación pero con una actualización semestral.
El proyecto establece asimismo otorgar el 82 por ciento móvil a los beneficiarios de haberes mínimos, según el texto.
“A partir de que el trabajador cumpla 70 años de edad y reúna los requisitos necesarios para acceder a la Prestación Básica Universal, el empleador podrá intimarlo a que inicie los trámites pertinentes”, se indica en el proyecto, que aclara que eso “no afecta el derecho del trabajador de solicitar el beneficio previsional con anterioridad al cumplimiento de los 70 años”.
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