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Séptimo Día |DESPUÉS DE MUCHOS AÑOS

El aguinaldo vuelve a pagar Ganancias

El impuesto debió prorratearse a lo largo del año, para que el impacto no fuera tan fuerte. Sin embargo no en todos los casos se hizo. De allí esta pequeña guía para saber si el monto descontado es el correcto

El aguinaldo vuelve a pagar Ganancias
17 de Diciembre de 2017 | 07:50
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El medio aguinaldo de diciembre tendrá una particularidad, que pasará inadvertida para numerosas personas, pero que significará un dolor de cabeza y una pérdida de ingresos importante. Es que al menos desde el 2014, se exceptuaba al medio aguinaldo de este impuesto que ahora vuelve a tener plena vigencia.

Por eso, para saber si los descuentos que llegarán con el medio sueldo anual complementario son los correctos hay que saber que por ley, la retención del tributo debió prorratearse a lo largo de todo el año para que no impacte de lleno en diciembre.

La reforma en Ganancias que el Congreso votó a fines del año pasado introdujo distintos cambios a la ley. Entre ellos, la manera en que se paga el tributo correspondiente al Salario Anual Complementario.

Por eso ahora se verá de lleno el impacto y a tasa máxima porque se agotaban las deducciones”.

Como las deducciones al impuesto (cargas de familia, intereses del crédito hipotecario, alquiler de vivienda etcétera) son anuales y tienen un tope, se van agotando con el transcurso de los meses.

DEDUCCIÓN

La reforma obligó a las empresas a deducir una fracción del impuesto correspondiente al medio aguinaldo a lo largo de todo el año, por adelantado. Es decir, cada mes, el empleador debió retener la suma del tributo del periodo en cuestión más un 8,3% adicional, correspondiente a una fracción mensual: el décimo tercer sueldo dividido doce.

DEMORAS

Sin embargo, por demoras en la implementación de sistemas, no todas las compañías lo hicieron.

Entonces si no hubo variaciones en el sueldo a lo largo del año y la empresa liquidó como corresponde, no debería haber una retención adicional y se cobraría el medio aguinaldo sin cargas adicionales.

Ello se debe a que el contribuyente ya pagó el impuesto en los meses previos.

Pero lo más probable es que haya quedado algún remanente que pagar, por el efecto de las paritarias.

Si hubo algún aumento en el segundo semestre, el medio aguinaldo podría llegar con el descuento correspondiente a la diferencia entre ese 8,33% ya liquidado y el impuesto que debe pagar la suba salarial.

Y es que como el aguinaldo se calcula sobre el mejor sueldo, la proporción relacionada a ese mejor sueldo que no se retuvo en los meses previos debería retenerse ahora o antes de la liquidación final”, a fines de enero, explican los especialistas

Por otra parte, si el empleador no fraccionó en el año el impuesto correspondiente al medio aguinaldo, deberá retenerlo todo junto ahora.

La última reforma de la ley también incluyó una actualización automática del mínimo no imponible, las escalas y algunas deducciones, como las cargas de familia.

A partir de enero, esos ítems se elevarán un 29 por ciento, según surge del Ripte, el índice salarial que se utilizó para fijar la movilidad.

Así, un soltero sin hijos pagará Ganancias a partir de un salario bruto de $ 36.043, mientras que un trabajador con dos hijos tributará a partir de un sueldo bruto de $ 47.730.

Es decir que no sólo el medio aguinaldo se puede ver afectado por e impuesto, sino que también la medida alcanzará a un número mayor de contribuyentes debido a los incrementos en los ingresos nominales acordados por paritarias. Así unas 340.000 personas más pagarán el impuestoen relación al año pasado.

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