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Así lo ordenó el juez Contencioso Administrativo N°1 de La Plata, Luis Arias, quien determinó que debe quedar sin efecto la resolución del Ministerio de Infraestructura
Según trascendió en las últimas horas, la Justicia platense hizo lugar al pedido de la Defensoría del Pueblo y suspendió el aumento de la luz que había dado a conocer el Ministerio de Infraestructura y que el gobierno provincial había oficializado en el último incremento en los valores de la energía eléctrica.
Tras la presentación hecha por el Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, el juez Contencioso Administrativo N°1 de La Plata, Luis Arias, determinó que dejar sin efecto la resolución del Ministerio de Infraestructura. El magistrado también planteó que ante esta medida las empresas Edelap, Eden, Edes y Edea no deben afectar la prestación de los beneficios de la tarifa social, el que se ofrece a los electrodependientes y a las entidades de bien público.
En su presentación ante la Justicia, la Defensoría denunció que este incremento provoca serias afectaciones, al no haberse respetado el derecho constitucional al resguardo de los intereses económicos de los consumidores. Además, indicó que no se demostró correlación entre los ingresos medios de las familias y el aumento.
A su vez, cuestionó que el aumento de la tarifa prevea un importe a cuenta de la ejecución de obras futuras. Este ítem hace que el incremento tenga carácter de tributo que, como todo impuesto, tiene que ser determinado por ley.
El otro considerando tiene que ver con que no se tuvo en cuenta lo que expresó el Defensor del Pueblo en las audiencias públicas para tratar estas subas. Es que la aceptación o el rechazo de lo que se diga en estos encuentros, por más que no sean vinculantes, tiene que quedar de manifiesto en los considerandos del aumento, circunstancia que en esta oportunidad se pasó por alto, lo que hace que la audiencia sea considerada nula.
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