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Séptimo Día |La Iglesia de hoy

Séptimo Mandamiento

21 de Mayo de 2017 | 08:31
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Queridos hermanos y hermanas.

La séptima palabra del Decálogo prohíbe tomar o retener injustamente las pertenencias ajenas y perjudicar de cualquier modo al prójimo en sus bienes: “No robarás” (Ex 20, 15; Deut 5, 19; Mt 19, 18).

En los orígenes Dios confió la tierra y sus recursos al cuidado y administración de la humanidad, para que – mediante el trabajo – se beneficiara de sus frutos. Los bienes de la creación están destinados a todo el género humano. El derecho a la propiedad privada, resultante del trabajo o heredada o recibida como regalo, no anula la donación original de la tierra a toda la humanidad, aunque la promoción del bien común exija el respeto de la propiedad privada, de su derecho y de su ejercicio. La autoridad política tiene el derecho y el deber de regular, en función del bien común, el ejercicio legítimo del derecho de propiedad (cf. Catecismo, 2402-2403 y 2406).

Este Mandamiento prohíbe el robo, es decir, la usurpación del bien ajeno contra la voluntad razonable de su dueño. En el caso de necesidad urgente y evidente, como único medio esencial e inmediato de subsistir, no sería robo el tomar y usar lo ajeno.

Sin embargo, el retener deliberadamente bienes prestados u objetos perdidos, el defraudar en el comercio, el pagar salarios injustos, el subir los precios especulando con la ignorancia, la oportunidad y la necesidad ajenas, son pecados contra al séptimo Mandamiento. Pero también son delitos morales, tanto la especulación mediante la que se pretende hacer variar artificialmente la valoración de los bienes con el fin de obtener un beneficio en detrimento ajeno, como la corrupción por la que vicia el juicio de los que deben tomar decisiones conforme a derecho, la apropiación y el uso privados de bienes sociales de una empresa, los trabajos mal hechos, el fraude fiscal, la falsificación de facturas, recibos y cheques, el despilfarro, los gastos inútiles o excesivos.

Las promesas y los contratos deben ser rigurosamente cumplidos, si se trata de compromisos justos, de lo contrario atentarían contra este Mandamiento.

Esta séptima Palabra del Decálogo implica el debido respeto a la integridad de la creación: los animales, las plantas y los seres inanimados están destinados por el Creador al bien común de la humanidad presente, pasada y futura.

El ser humano es el causante, el centro y el fin de toda la vida económica y social. La valoración primordial del trabajo corresponde al mismo ser humano, que es su autor y destinatario; y quien, mediante su trabajo, participa en la obra de la creación.

La asistencia a los más desvalidos es un deber ineludible y su omisión puede ser un pecado grave contra este Mandamiento. La doctrina católica sostiene que es necesario satisfacer ante todo las exigencias de la justicia, de modo que no se ofrezca como ayuda de caridad lo que en realidad se debe a título de justicia. “Cuando damos a los pobres las cosas indispensables no les hacemos dádivas personales, sino que les devolvemos lo que es de ellos. Más que un acto de caridad, lo que hacemos es cumplir con un deber de justicia”, dijo el Papa san Gregorio Magno (citado por el Catecismo, 2446).

La corrupción política - tan frecuente en muchas sociedades - es consecuencia de la inobservancia de este precepto básico, dado por Dios al ser humano para bien del individuo y de toda sociedad que se precie de humana.

La autoridad política tiene el derecho y el deber de regular el ejercicio legítimo del derecho de propiedad

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