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Disiento totalmente con la Sra. Juez Suprema. En la actualidad, hay jueces y fiscales abolicionistas que obstaculizan siempre el trabajo policial. Ellos sí son responsables de la inseguridad. Es de público conocimiento que las potestades policiales de prevención delictual han sido considerablemente reducidas en los últimos tiempos, merced a reformas legislativas que limitaron su accionar y a fallos judiciales que han tachado de ilegales o -directamente- de violatorios a la Constitución Nacional y a los Derechos Humanos a ciertas prácticas de las policías y de las fuerzas de seguridad.
Con los rótulos de policización, policialización, estigmatización, militarización policial, derecho penal del enemigo, entre otros términos que adornan cursos, conferencias, libros y revistas de los gurúes minimalistas del Derecho Penal, o abolicionistas, distintos fallos judiciales hicieron posible que la fuerza policial se fuera quedando con muy pocos instrumentos para su tarea específica de prevención.
A modo de ejemplo, casi no existen contravenciones ni edictos policiales. Las pocas que siguen vigentes, han quedado limitadas al contralor de organismos administrativos o municipales. Se ha eliminado el arresto temporario por “averiguación de antecedentes”, quedando limitado solo en caso de negativa del particular a identificarse al personal policial. Sin embargo, campañas oficiales y no oficiales “informan” a la población que las fuerzas policiales no tienen derecho a exigir identificación.
Ya no existen los álbumes de “modus operandi”, pues los jueces han entendido que una colección de fotografías de delincuentes es ‘estigmatizante’ y no pocos magistrados judiciales han considerado que perjudican y contaminan la investigación.
Las conductas pre-delictuales no pueden ser controladas por las policías y las fuerzas de seguridad. A modo de ejemplo, el denominado “olfato policial” o la “actitud sospechosa” han sido demonizados en los Tribunales Penales, casi como si se tratara de prácticas de la Gestapo.
Los “cacheos” y requisas también han sido discutidos por jueces y fiscales, habiéndose dictado infinidad de nulidades de procedimientos que culminaron con secuestros de armas, sustancias psicoactivas, elementos robados, etcétera.
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Las policías y las fuerzas de seguridad no pueden actuar preventivamente en piquetes, cortes de calles, rutas o puentes. Salvo casos muy específicos, en donde se requiere orden judicial.
Las policías y las fuerzas de seguridad no pueden actuar en disturbios estudiantiles en dependencias de universidades públicas, pues la legislación vigente ha convertido a las casas de altos estudios en virtuales “sitios con inmunidad diplomática”, donde no ingresa nadie, salvo los integrantes de la comunidad universitaria.
En este contexto, se ven efectivos policiales deambulando sin rumbo fijo por las calles de las ciudades, gastando combustible de los patrulleros al solo efecto de que el ciudadano vea luces azules destellando por su barrio.
El ladrón no robará frente al patrullero o al caminante que pasa frente a él. Simplemente, optará por otra calle o por otro momento para cometer sus tropelías.
Como se verá, el Poder Judicial es protagonista indiscutido en la problemática de la inseguridad.
Marcelo Carlos Romero - Fiscal del Ministerio Público
VER NOTA: Para jueza de la Corte Highton de Nolasco “la inseguridad es un tema policial, no judicial”
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