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La Justicia dictaminó hoy que el presidente Mauricio Macri no fue “socio ni accionista” de las sociedades off shore Fleg Trading y Kamegusha, involucradas en la causa de los denominados Panamá Papers, y que tampoco percibió “dividendos ni utilidades ni ganancias” de esas empresas ni fue titular de cuentas bancarias de las mismas.
La resolución del juez nacional en lo civil Andrés Guillermo Fraga, determinó que Macri “no fue socio, ni accionista de la sociedad Fleg Trading LTD” y “no percibió dividendos, ni ningún tipo de utilidades ni ganancia alguna” de esa firma.
También se aclaró que el jefe de Estado “sólo aceptó el cargo de director de Fleg Trading, para el que fue designado por su padre, Franco Macri, al sólo y único efecto de designar un reemplazante y renunciar”, y se precisó que “no participó en las decisiones empresarias ni en negocio alguno” de esa firma.
En el fallo, Fraga indicó que Macri tampoco “fue titular o cotitular de ninguna cuenta corriente bancaria en el país o en el exterior de dicha sociedad, ni percibió honorarios como director ni ninguna otra retribución”.
En cuanto a la sociedad panameña Kagemusha S.A., el magistrado señaló en su fallo que el primer mandatario “no fue socio de su padre Franco Macri” en esa firma “ni accionista de la misma”, y que “no aceptó el cargo de director para el que fue designado” por su padre, “ni realizó ningún acto que permitiera suponer que aceptó tácitamente” esa designación.
Por último, señaló también que Mauricio Macri “no percibió dividendos ni ningún tipo de utilidades de esa empresa, no fue titular ni cotitular de ninguna cuenta corriente bancaria en el país o en el exterior de dicha sociedad y no percibió honorarios como director ni ninguna otra retribución de esa empresa”.
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Esta decisión se suma a la adoptada en agosto por la Cámara Federal porteña, que dio por cerrada la investigación al presidente Macri por supuesto lavado de activos en la causa Panamá Papers, por falta de apelación del fiscal ante esa instancia, y confirmó el pase del caso al fuero penal económico para que se determine si hubo una eventual evasión tributaria.
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