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Información General |LAS NUEVAS TECNOLOGIAS FRENTE AL VIEJO DERECHO A LA PRIVACIDAD

Espiarle el Facebook o el correo a la pareja, es un delito federal

Así lo determinó la Corte Suprema a partir de un conflicto por un caso de celos

Espiarle el Facebook o el correo a la pareja, es un delito federal
22 de Septiembre de 2017 | 04:27
Edición impresa

La Corte Suprema de Justicia determinó que espiarle el Facebook, el correo electrónico y la lista de contactos del teléfono celular a la pareja, es un delito federal. El máximo tribunal resolvió así una cuestión de competencia entre dos tribunales que pugnaban por un expediente en el que una mujer denunció a su pareja por una supuesta situación de celos.

El conflicto se inició cuando la mujer llevó a la Justicia la situación por la que “su ex pareja habría ingresado a su usuario de la red social Facebook y en su correo electrónico gratuito, y además habría obtenido, presumiblemente, los datos de sus contactos del teléfono celular y copiado su tarjeta SIM”.

El juez federal Luis Rodríguez rechazó la causa porque -a su entender- no se advertía en el caso un interés que trascendiera “lo estrictamente individual, ni circunstancia alguna capaz de fundar la intervención de la Justicia Federal”.

Sin embargo, el procurador general adjunto Eduardo Casal replicó que “el usuario de la red social y el correo electrónico constituyen una comunicación electrónica o dato informático de acceso restringido, cuyo acceso sólo es posible a través de un medio que por sus características propias se encuentra dentro de los servicios de telecomunicaciones”. Y esas cuestiones, consideró el procurador, “son de interés de la Nación”.

La Corte -con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti- confirmó que debe intervenir la Justicia Federal, asignándole así ese carácter al delito.

LO MISMO QUE UNA CARTA

La pronunciación del máximo tribunal no sorprende si se tienen en cuenta sus fallos anteriores en conflictos suscitados por las nuevas tecnologías frente al viejo derecho a la privacidad.

Ya en 2014 había fallado igual en el caso de una mujer que denunció a una pareja tras descubrir que ésta espiaba sus correos electrónicos y su Facebook.

También en aquel juicio se produjo una disputa entre el Fuero Federal y el Contravencional que dirimió la Corte dictaminando, como ahora, que la intromisión ajena en los correos de medios electrónicos constituía un delito federal.

El tema volvió a involucrar a la Corte en marzo pasado a raiz de una denuncia por hackeo a una cuenta de la red social. La denuncia de un usuario de Facebook que aseguraba que alguien había ingresado ilegítimamente a su cuenta desató un conflicto de competencia entre un juzgado nacional en lo Criminal y un Juzgado Penal.

Aunque el juez federal Julián Ercolini se declaró incompetente y envió el expediente a un tribunal ordinario porque la intromisión afectaba “intereses particulares que no habilitan su jurisdicción, por no haberse afectado el servicio postal”, los jueces de la Corte Ricardo Lorenzetti, Juan Maqueda y Elena Highton de Nolasco lo corrigieron y le devolvieron el caso.

En aquel caso el argumento del máximo tribunal fue el mismo que ha vuelto a aplicar ahora: que se trataba de “un acceso ilegítimo a una comunicación electrónica o dato informático de acceso restringido, a los que sólo es posible ingresar a través de un medio que por sus características propias se encuentra dentro de los servicios de telecomunicaciones”.

En otras palabras, el acceso a la cuenta de la red social quedó equiparado, de hecho, a la violación de correspondencia por cualquier medio, contemplado en el Código Penal.

FALLO EN EUROPA

Frente a un dilema de fondo similiar, la Justicia europea acaba de condenar a principios de este mes que las empresas espíen los correos de sus empleados sin previo aviso.

Como estableció el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos en una sentencia inapelable que sentó jurisprudencia para todos los países de la Unión, las empresas no tienen derecho a controlar de forma ilimitada los correos profesionales de sus empleados. Pueden controlar el correo interno, pero deben avisar previamente al interesado y deben tener un motivo concreto para hacerlo.

40%

de los adolescentes argentinos considera normal revisar los mensajes en el celular, correo o redes sociales de sus parejas, señala un sondeo del Instituto Abierto para el Desarrollo y Estudio de Políticas Públicas.

 

 

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