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Es la condena a 8 años de prisión que le dieron al dueño del perro que mató a un niño en A. Korn
La Suprema Corte bonaerense analizará el fallo del juicio oral dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, que condenó a 8 años de prisión al dueño de un pitbull que mató a un niño de dos años, en Alejandro Korn, al encuadrar el caso como “homicidio simple, con dolo eventual”. La pena (en suspenso porque no está firme, con el condenado libre), que recayó sobre Horacio Fernando González (50), fue apelada por la defensa, a cargo de Fabián Musto, quien planteó que “de ningún modo hubo aquí dolo eventual, se trató de un desgraciado accidente”.
Esa apelación fue rechazada por el Tribunal de Casación, al declarar inadmisible un recurso presentado contra la sentencia. La defensa recurrió ante la Corte bonaerense, que admitió la queja interpuesta y declaró mal denegado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Así, el máximo tribunal provincial solicitó la causa completa para abocarse al tratamiento del caso.
Esta tragedia ocurrió el mediodía del 29 de mayo de 2014, cuando González ató al volante de un coche abandonado al perro, sin bozal ni cartel de precaución, sobre la calle Bonpland al 900.
En ese momento el niño Santiago Veer jugaba en la vereda y al acercarse al automóvil, que ellos usaban de “casita”, resultó atacado por el pitbull, que lo mordió en la cara y el cuello causando heridas que desembocaron en la muerte.
En su voto del juicio oral que se realizó en abril último, el juez Germán Alegre fundó el “dolo eventual” en la “creación voluntaria por parte de González de una situación de peligro para los bienes jurídicos de terceros por el modo en que dejó al animal en la vía pública”. También que “el resultado mortal no fue la consecuencia de un descuido momentáneo, sino el corolario de una situación de peligro consciente que el imputado venía desarrollando desde tiempo atrás al hecho”.
Emir Caputo Tártara adhirió a la postura de Alegre y Juan Carlos Bruni votó por “homicidio culposo.”
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