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Por Angel Oscar Dipp (*)
Y a desde hace años se exigen modificaciones para mejorar el funcionamiento de la Justicia laboral bonaerense. Es impostergable adoptar un moderno, ágil y controlado procedimiento que configure un verdadero servicio de Justicia. El fuero laboral en la Provincia necesita cada vez con mayor urgencia un cambio profundo en su procedimiento y organización: se debe dejar de lado la colegiatura de única instancia para ir hacia una estructura de juzgados unipersonales de primera instancia y Cámaras de Apelación, lo que permitiría el acceso a una instancia superior para la revisión de los fallos, manteniendo la vía de los recursos extraordinarios consagrados en la Carta Magna provincial ante la Suprema Corte. Todo ello, de ser posible, sin apartase de los principios básicos de oralidad, libre interrogación, amplitud probatoria, concentración, inmediatez, etc.
La situación es crítica. Los magistrados del fuero reconocen el fuerte incremento de la cantidad de causas sometidas a su tratamiento, con grandes e inaceptables demoras en la solución de los conflictos atendiendo que el enorme cúmulo de tareas pueden llegar a generar un colapso total, no obstante la gran labor que desarrollan aquellos jueces laborales que cumplen con su cometido para evitarlo, como así también funcionarios y empleados, pero a quienes los hechos los desbordan.
El actual sistema de organización colegiada y de única instancia tuvo su época gloriosa y de esplendor para la defensa de los derechos de los trabajadores a través de las leyes 5178/47 (llamada Ley Mercante), luego el mantenimiento de aquella por el Decreto-Ley 7718/71 y por la actual y vigente Ley 11.653/95. Pero era para una época distinta, con situaciones y legislación diferentes.
Jueces que tienen una visión clara del problema, fundamentalmente en la Capital de la Provincia, plantean una solución a través de la creación de nuevos tribunales laborales, lo cual puede servir de paliativo de corto plazo, pero jamás será una solución efectiva, concreta, moderna y con un futuro cierto y más adaptado a la actualidad que debe contemplar este derecho procesal social. Pues si bien la creación de nuevos tribunales determina que por órgano exista una reducción de expedientes, la realidad indica que en total se ha operado un mayor acceso de los litigantes a la Justicia laboral. Sólo a modo de ejemplo se puede mostrar que en el Departamento Judicial La Plata se fueron incrementando los Tribunales del Trabajo; desde 1995 funcionan cinco con un promedio significativamente mayor de expedientes por Tribunal y por año, ya que se estima que durante 2014 ingresaron 1.400 expedientes a cada Tribunal, más los generados por ejecuciones, lo que significa un alto incremento en el total de causas iniciadas.
Esta falta de justicia en tiempo y forma genera un gran desgaste para los justiciables, profesionales de Derecho, peritos y testigos.
Vale la pena observar los cambios en el fuero de Familia, donde recientemente de dos tribunales se pasó a seis juzgados unipersonales de primera instancia con apelación ante la Cámara Civil y Comercial. Así se logró, en ese fuero, un importante y favorable cambio, que según los que más incursionan en el mismo, lo dotó de un mejor y más inmediato servicio de Justicia, también manteniendo la oralidad con control y retención de prueba, pero permitiendo además la revisión de lo actuado en la instancia cuando corresponde.
La colegiación y la única instancia ya dejaron de dar resultados desde hace más de dos décadas y por ello se hace insostenible que en la Provincia quede esa forma de organización sólo en el fuero laboral.
Desde ya que la propuesta de cambio a la doble instancia no necesariamente dejaría de lado los remedios procesales ante la primera instancia, como pueden ser los de revocatoria o aclaratoria. Los cambios se pueden concretar gradualmente -como ocurrió en el fuero de Familia- comenzando por los lugares de mayor litigiosidad (Gran Buenos Aires, Mar del Plata, La Plata etc.) Por ejemplo, en La Plata existen cinco tribunales colegiados a los que corresponden tres jueces por cada uno, es decir quince magistrados. Con ello se podrían crear 12 juzgados unipersonales y una Cámara de Apelaciones con tres camaristas, los que podrían surgir de un concurso entre los quince jueces existentes sin necesidad de nombrar ningún nuevo magistrado.
Con el actual inicio de causas (1.400 anuales), se permitiría que cada juzgado quedara con un ingreso de 585 expedientes por año, situación de seguro manejo para un juez que, como muchos en la actualidad, son dedicados y comprometidos con su tarea; más aún si se utiliza debidamente el instituto de la conciliación, que no debería ser facultativo (como establece la ley 11.653) sino de llamado obligatorio en cualquier etapa del proceso.
No deberían soslayarse, por último, los serios problemas que plantean en la Provincia las distancias por la gran extensión territorial de algunos departamentos judiciales. Por eso se deberían crear juzgados laborales unipersonales de primera instancia descentralizados que permitan atenuar la carga de los centralizados y dotar de un servicio de justicia acorde a localidades importantes, manteniendo la Alzada en la cabecera del Departamento Judicial donde funcione la Cámara .
Hay que recordar que las causas incoados por y contra el Fisco provincial, por Ley de Fiscalía de Estado, deben obligatoriamente dirimirse ante el Departamento Capital. Esto merece una revisión, más aún cuando el mencionado Organismo de la Constitución tiene estructura propia en otros departamentos judiciales y debería ser en ellos donde tramiten las causas locales.
(*) Abogado. Ex juez del Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata durante 21 años. Docente universitario.
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