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El juez Raúl Dalto firmó la resolución en los últimos días. Estaba condenado a reclusión perpetua
Ricardo Barreda podrá moverse sin tener que dar cuenta de sus actos. Con la extinción de la pena, le levantaron todas las condiciones que debía cumplir para seguir en libertad condicional
El odontólogo Ricardo Barreda, condenado a reclusión perpetua como autor de los delitos de homicidio calificado por el vínculo (la esposa y las dos hijas) y homicidio simple (la suegra), todos ellos en concurso real, ya es un hombre completamente libre. El camarista penal platense Raúl Dalto -de la Sala I-, que oficia en el caso como juez de Ejecución, acaba de firmar una resolución que dio por extinguida la pena e hizo cesar las accesorias legales impuestas, esto es, todas las condiciones que debía cumplir para no perder el beneficio de la condicional.
Según fuentes de tribunales, fue el abogado de Barreda, Eduardo Gutiérrez, quien había solicitado la medida, aunque, previo a su dictado, el magistrado decidió correrle vista a la fiscalía de intervención, que no opuso ningún tipo de oposición a su progreso.
Ante esta situación, después de tantas idas y vueltas, el hombre que hace casi 24 años estremeció al país masacrando a toda su familia, en una coqueta casona cerquita del Palacio de Justicia de nuestra ciudad, pudo cerrar un oscuro capítulo en su vida.
De acuerdo al fallo de Dalto, la sentencia por la masacre ocurrida el 15 de noviembre de 1992, en perjuicio de Elena Arreche, Gladys Margarita Mac Donald, Celina Barreda y Adriana Barreda, “adquirió firmeza con fecha 2 de mayo de 2007”.
“Que con fecha 29 de marzo de 2011 la Excma. Cámara le concedió la libertad condicional al nombrado, imponiendo las siguientes condiciones: 1) residir en el domicilio que fije en el acta compromisoria, debiendo anoticiar de inmediato a ese Tribunal cualquier cambio o ausencia del mismo; 2) continuar con el tratamiento psiquiátrico-psicológico (...), debiendo acreditar ante dicho Tribunal mensualmente su cumplimiento hasta el alta definitiva certificada por la autoridad asistencial; 3) no cometer nuevos delitos y 4) someterse al cuidado del Patronato de Liberados (...)”, agregó.
Dalto mencionó que “el día 17 de diciembre de 2012 dictó pronunciamiento haciendo cesar la condición de continuar con el tratamiento psiquiátrico-psicológico que venía realizando en el Centro de Salud Mental Nº 1 de la Capital Federal”.
Así las cosas, el 22 de diciembre de 2014, luego de revisar la relación convivencial entre Barreda y la señora Berta “Pochi” André (ya fallecida), por entonces su pareja, el juez la verificó como riesgosa y, al entender que representaba cierto peligro, resolvió revocarle la libertad condicional, hasta tanto consiguiera un nuevo domicilio como residencia.
Recordemos que a principios del año pasado, el abogado defensor de Barreda propuso que su cliente se alojara en la casa de una mujer de Lisandro Olmos, pero fue rechazado al no estar dadas las condiciones requeridas por las normas de la condicional.
Luego la defensa propuso un cambio de régimen por uno de modalidad “abierto de prisión nocturna”, es decir, que el odontólogo pudiera salir de la cárcel de día y volver a dormir allí, pero el pedido fue parcialmente rechazado, ya que se le dio a Barreda una modalidad de salidas transitorias, ordenando su pase a una cárcel que tuviera ese régimen, como por ejemplo, la de Gorina.
Sin embargo, cuando fue notificado de esa resolución, Barreda rechazó la propuesta y manifestó su deseo de ser trasladado a la Unidad 26, aunque finalmente quedó en la 25.
El odontólogo recién volvió a salir de la cárcel cuando un amigo le alquiló una casa en el partido de Tigre y además se comprometió a brindarle lo que necesite para su salud.
Pero ahora, a la luz de este último acontecimiento en la causa, Barreda ya no tendrá que rendir más cuenta de sus actos.
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