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Policiales |LA JUSTICIA CIVIL DE LA PLATA LE REPROCHO UNA PRESUNTA FALTA DE CONTROLES

Luego de 21 años, condenaron al Estado por dos muertes en un centro de diálisis

El caso estalló en 1993 y, si bien hubo 14 víctimas fatales, sólo dos familias decidieron interponer una demanda por daños y perjuicios

Luego de 21 años, condenaron al Estado por dos muertes en un centro de diálisis

Una imagen de 1993, correspondiente a uno de los operativos policiales que se realizaron en la clínica de diálisis

26 de Marzo de 2015 | 01:31

En un fallo considerado en la Provincia como “leading case”, es decir el primero de esa especie, la Justicia Civil y Comercial de nuestra ciudad condenó al Estado bonaerense, por “la falta de controles”, en el Centro Modelo de Diálisis, en el marco de una demanda iniciada por familiares de dos 2 de los 14 pacientes que fallecieron, por presunto contagio del virus de HIV, detectado en 1993, en 34 pacientes de ese centro asistencial, ubicado en 54, entre 2 y 3.

Por este caso, considerado por entonces una de las tragedias más graves en nuestra ciudad, fueron procesados penalmente cinco médicos y el titular de la clínica, Eduardo Verzini, ya fallecido, pero la causa prescribió (ver aparte).

En el reciente fallo, dictado por la Sala III, de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial, integrada por los jueces Francisco Agustín Hancovits y Andrés Antonio Soto, se fijaron indemnizaciones de 28.000 y 30.000 pesos, en concepto de incapacidad sobreviviente, montos que sumados a los intereses por el tiempo transcurrido desde el hecho que motivó la demanda, ascienden a sumas de entre 70 y 80 mil pesos.

Voceros judiciales explicaron que los montos fijados “si bien parecen exiguos, esto se debe a que se trataba de pacientes que estaban en tratamiento por graves afecciones y por ello lo que se toma en cuenta para fijar las indemnizaciones es la pérdida de chance de sobrevida”.

La sentencia benfició a familiares de dos de los pacientes que murieron y que llegaron a esta instancia de la demanda civil al no haber aceptado los ofrecimientos de las aseguradoras, que habían contratado los médicos demandados.

"RESPONSABILIDAD COLECTIVA" 

En la resolución judicial se responsabilizó a los médicos del Centro Modelo de Diálisis, a todo el equipo, aplicándose “la teoría de la responsabilidad colectiva o anónima”.

Esto significa que al no poder determinar quién o quienes fueron los responsables del hecho, se establece que debe responsabilizarse a todo el equipo médico.

“Esto es el equivalente en derecho penal al `homicidio en riña´, que se aplica cuando no se puede determinar quien fue el autor cuando una persona muere al ser atacada por un grupo. En esos casos responden todos los que ejercieron violencia sobre la víctima.

SOLIDARIDAD

Tanto los médicos como el Estado bonaerense responden de forma solidaria por esta indemnización fijada, es decir, que uno se hace cargo de abonar la indemnización fijada y puede repetir contra el otro demandado por la parte que pagó de más.

Con respecto a la responsabilidad del Estado sobre el control de un establecimiento médico privado, el doctor Hancovits, explicó en su voto que “no se le exige a la Provincia que fiscalice cada práctica médica en particular, sino que controle objetivamente y de forma oportuna la correcta prestación general del servicio de salud conforme los standares legales y convencionales impuestos”.

SE PUDO EVITAR CON UN EFECTIVO CONTROL DEL ESTADO

También detacó que “la adecuada, oportuna y real fiscalización del Estado hubiera advertido las negligentes tareas de control inmunológico y no sobre la base de las inevitables consecuencias luctuosas”.

“La práctica -agregó- que, además de ciertamente oportuna, debe desarrollar el Estado no debe transformarse en una mera formalidad, distanciada de la realidad, realidad que a la postre incapacita o mata”.

"NEGLIGENTE SUPERVISION DEL ESTADO"

“La fiscalización y supervisión estatal debe orientarse a la finalidad de asegurar los principios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de las prestaciones médicas”, aseguró el camarista.

Con estos y otros fundamentos, el juez entendió que el Estado bonaerense debe responder en forma solidaria “en razón de su negligente supervisión -en tiempo y modo-” del Centro Modelo de Diálisis.

Apelación
La resolución de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata aún no se encuentra firme, ya que puede ser recurrida por la Fiscalía de Estado en la instancia inmediata superior, como es la Suprema Corte bonaerense

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