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El Consejo Profesional y la Caja de Seguridad Social aprobaron cambios en la política de inserción de Jóvenes Graduados, aplicados a modificaciones en las escalas de aportes y obligaciones. Aquellos que se matriculen en el 2017 abonarán el Derecho de Ejercicio Profesional por dos años a valores reducidos y el Derecho de Inscripción les será bonificado. En la misma línea, para los que lo hicieron en 2016, tendrán dos años desde su fecha de ingreso a menor valor. Es importante destacar que en caso de cancelación o suspensión, el profesional perderá el beneficio para cuando quiera rehabilitarse o reinscribirse. En cuanto a la Caja, se implementó una modificación en la escala de aportes mínimos con tres posibilidades: el aporte completo; la Escala A del artículo 29 con la reducción al 50% y la Reducción A en la que se abona el 50% del punto anterior, es decir, el 25% del aporte total. Este beneficio perdura mientras se mantenga la condición de joven y con la opción de recuperar esa diferencia en el corto plazo. En este sentido se recomienda, dentro de las posibilidades del profesional, aportar el máximo ya que estos años impactan en el beneficio futuro. Estos beneficios se suman a los ya implementados por el IPIT que incluyen Cursos E-Learning con descuento del 50%; cursos de Práctica Procesal modalidad presencial y a distancia, becas del 70%; cursos en Delegaciones Res. 1629, descuentos hasta el 50% y carreras de postgrado, beca del 50%
El Consejo Directivo aprobó la Res. CD N° 3633. Por medio de la misma se aprobaron como norma contable profesional en la provincia de Buenos Aires las normas contenidas en la Segunda Parte de la Interpretación N° 11 de Normas Profesionales “Valor Recuperable”, con vigencia obligatoria para estados contables correspondientes a ejercicios o períodos intermedios cerrados a partir del 31 de marzo de 2017. Se aprobó la Norma de Aplicación N° 101 “Resolución Técnica N° 41, 2ª Parte. Entes Pequeños. Bienes de uso, Propiedades de Inversión e Intangibles. Admisión de no comparación con valor recuperable y se derogó la Resolución CD N° 3174, aprobatoria de la Interpretación N° 4 “Aplicación del Anexo A de las Resoluciones Técnicas 17 y 18”, para estados contables correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1° de julio de 2016.
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