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La Cámara Federal ratificó un fallo a favor de los profesionales, que cuestionaban una reforma en los trámites previsionales
El organismo previsional recibió un nuevo revés
La Cámara Federal de La Plata ratificó un fallo de primera instancia que dispuso la inconstitucionalidad del denominado “Registro de Abogados” creados por la Anses para la gestión de los trámites jubilatorios por parte de esos profesionales. El tribunal, además, constató el incumplimiento de los términos de una medida cautelar dispuesta en 2013 que ordenaba al organismo nacional abstenerse de “obstaculizar” el ejercicio de la profesión a los abogados en lo relacionado al inicio de los trámites previsionales, así como el retiro de publicidad considerada “ofensiva”.
En ese marco, la Justicia intimó al director de la Anses, Diego Bossio, bajo apercibimiento de imponerle una multa de carácter personal por la suma de 50 mil pesos.
En los hechos, el fallo de Cámara habilita a los abogados a ejercer en tal carácter y a realizar todas las presentaciones previsionales, ajustes y otros trámites jubilatorios sin estar inscriptos en el registro creado por el Anses.
La medida fue dispuesta por la Sala I de la Cámara Federal platense en el marco del conflicto legal que se abrió a partir del reclamo del Colegio de Abogados de La Plata ante la decisión de la Anses de aplicar una modificación al sistema que históricamente rigió para la tramitación de las jubilaciones.
La reforma que impuso el organismo previsional se plasmó en la creación de un Registro de Abogados de la Anses para el inicio de los trámites jubilatorios. “Históricamente, cuando un abogado iniciaba el expediente básico de jubilación de una persona, el trámite podía seguirse en el distrito correspondiente al domicilio legal, el del profesional. Con esa disposición de la Anses, se dispuso que cuando se asignaba el turno, el expediente se enviaba al distrito que corresponda al lugar donde vive la persona que se va a jubilar”, explicó Fernando Levenne, presidente del Colegio de Abogados de La Plata e impulsor del reclamo.
“Los abogados funcionamos como apoderados de los jubilados para poder hacer el seguimiento del expediente, y con esa reforma se limitó esta función y se buscó dejar a las personas sin el asesoramiento y la intervención de sus letrados a lo largo del trámite”, puntualizó el directivo del Colegio.
En ese marco, la entidad que nuclea a los profesionales del derecho de La Plata recurrió a la Justicia y obtuvo un fallo favorable en primera instancia. La resolución fue dictada en octubre de 2013 por el Juzgado Federal nº4 de La Plata, a cargo de Adolfo Ziulu, e hizo lugar a un recurso de amparo impulsado por el Colegio de Abogados de La Plata en el que se reclamaba que Anses “ponga límite a las normativas internas relativas a la solicitud de turnos para trámites previsionales”. En ese planteo, además, los profesionales pedían que el organismo deje de emitir publicidades en los medios de comunicación. En esos spots, Anses “aconsejaba” a los jubilados que “no se dejen estafar por abogados” en hipotéticos reclamos contra el organismo por la liquidación de haberes.
Luego del dictado de ese fallo, desde el Colegio de Abogados volvieron a recurrir a la Justicia para denunciar el incumplimiento de la medida cautelar por parte de la Anses. Ahora, la Cámara Federal ratificó los términos de esa sentencia y ordenó a la Anses que se abstenga de “obstaculizar el ejercicio de la profesión”.
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