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Los ejes del debate

18 de Marzo de 2008 | 00:00
El miércoles último, fiscal de Juicio de La Plata Carlos Gómez dio por probado que "el 5 de marzo de 2005, poco antes de las 13, cuando Analía Escamochero estaba tomando sol dentro de la pileta de lona que había en su casa de Gonnet, fue atacada por una persona que le dio algunos golpes y la sumergió en el agua, sosteniéndola con una silla, actuando sobre seguro, sin ningún riesgo, provocándole la muerte".

Sobre el horario de la muerte, que abrió tanta polémica en este juicio, que se inició el 3 de este mes en los tribunales penales de 8 y 56, el fiscal tomó el primer informe del médico autopsiante, sumado al dato concreto de una conversación telefónica que mantuvo la mucama con Escamochero, cerca de las 12, y que duró 4 minutos.

Sobre la autoría de Crespo, el doctor Gómez tomó entre otros, los siguientes pruebas:

*La declaración del imputado realizada en la instrucción que lo ubica cerca de las 13 en la escena del crimen, porque reconoció que a esa hora fue a buscar una malla para su hijo, presencia que quedó corroborada con el informe de comunicaciones brindado por peritos en el juicio, que lo ubicó en Gonnet por una llamada que hizo desde su celular.

Clic para ampliar*La extraña circunstancia sobre la aparición "mágica", del celular de la víctima, que lo llevaba siempre y usaba demasiado, que fue ubicado por la hermana del imputado, Marcela Crespo.

*Los accesos a la casa de Gonnet no fueron violentados, tampoco se utilizaron para entrar los paredones de los vecinos, de modo que ese día ingresó una persona que conocía a la víctima, porque de no ser así hubiera salido de la pileta a luchar y en la autopsia no se detectó ningún signo de defensa.

*La coartada sobre el supuesto robo y del tercero que mató a Escamochero "se cayeron a pedazos", porque no se llevaron del lugar elementos de valor, como relojes y joyas; y las sospechas que desde un primer momento se introdujeron sobre la autoría a otras personas, desde el día del crimen, cuando policías de alta jerarquía escucharon al abogado Donofrio y al imputado que hablaban de amenazas provenientes de un socio de la víctima, Horacio Dutil, fueron denunciadas y nunca probadas.

*Los 50 días que Crespo estuvo prófugo, teniendo en cuenta que si bien dijo que fue por consejo de su anterior abogado, otro letrado amigo, Donofrio, le dijo que si él no había sido debía confiar en la Justicia y entregarse.

*La actitud que tuvo al llegar a la casa. No entró ni preguntó qué había pasado al guardia de seguridad que entró primero. Dejó a los chicos en lo de un vecino y le impidió a éste el paso.

Ningún testigo supo decir cómo se enteraron que la muerta era Escamochero porque nadie les hizo reconocer el cadáver. Hasta un policía que estuvo en la escena del crimen dijo que se enteró al otro día por los diarios, mientras que familiares y amigos ya sabían y se lamentaban de la muerte. Esto es porque el imputado instaló esa idea.

EL DETONANTE

El fiscal dijo que Crespo estaba obsesionado con que su mujer lo engañaba y la amenazaba -le dijo que si la descubría iba a matarla- para que le diera una confesión, le hacía interrogatorios a sus amigas y le revisaba el celular.

Así, el ministerio público concluyó que el último en llamar al celular de Escamochero fue el amante Mariño, que llamaba con mucha frecuencia, y esa comunicación pudo ser el detonante, porque Crespo por entonces se sentía traicionado, y esto sumado al tema del embarazo de su mujer cuando él no tenía con ella relaciones íntimas, situaciones que conoció y ocultó, hasta que hicieron eclosión.

EL PARTICULAR DAMNIFICADO

El abogado Darío Saldaño, en representación de la familia Escamochero, coincidió con el fiscal y sumó algunos ingredientes para fortalecer la hipótesis acusatoria, por ejemplo, que la autopsia reveló que la víctima tenía el estómago vacío, dato que demostraría que la mataron antes del almuerzo, es decir cerca del mediodía.

El abogado del particular damnificado aseguró que Crespo es el autor material de este homicidio, que cometió con un plan determinado, luego de haberse enterado que su mujer se había mostrado públicamente con su amante Mariño, haciendo vida familiar, en pleno centro platense, ella con su niña y además cuidando a la hija de su amante.

LA DEFENSA

Para la defensa, a cargo de los doctores Ricardo Bianchi y Martín Herrero, el homicidio calificado por alevosía no puede sostenerse de ninguna manera por el hecho de que el autor haya actuado sobre seguro porque la víctima estaba distraída.

El doctor Ricardo Bianchi, luego rechazó, con argumentos que a su criterio surgieron en el debate, uno por uno los puntos salientes de la acusación fiscal:

*El crimen no pudo ser antes de las 13, porque la testigo Hernández vio a Escamochero regando flores a las 13,30, en coincidencia con lo declarado por los jardineros, que dijeron haber escuchado gritos en la casa entre las 13,15 y 13,30.

*Del informe del perito de parte Maldonado y tomando parte de las conclusiones del perito oficial Alsina, se puede establecer que la muerte se produjo entre las 14,30 y las 18, horario en que Crespo fue visto por varios testigos en el Círculo Policial.

*La cuestión del teléfono "plantado" supuestamente por la hermana del imputado no es así. Fue encontrado porque la policía revisó mal. Ocurrió como cuando se busca algo en una casa y en principio, pese a una tenaz tarea no aparece, y luego se halla en el lugar menos esperado.

*No hay pruebas sobre la presencia de Crespo en el lugar a la hora el crimen. Es mas, no se sabe si entraron a la casa 1, 2 o 3 personas. Esto nunca pudo saberse por la desidia de los investigadores al inicio de la causa.

*Descalificó a la testigo que aseguró que la última semana Crespo mantuvo amenazada a su esposa. "Esto es mil veces falso", porque "la Tía Coca" (Hortensia Escamochero), una familiar que estuvo con Analía por entonces, dijo que no hubo amenazas ni golpes.

El doctor Bianchi luego instaló en el alegato una clasificación de testigos:

*Compañeras de trabajo de la víctima, que "prohijaban" las relaciones extramatrimoniales de Escamochero, le decían que se divorciara, le prestaban lugares para sus encuentros con amantes, y declararon contra Crespo.

*Compañeros de deportes de él, "probos", que nunca notaron nada raro en el matrimonio.

El defensor se inclinó por estos últimos, luego de una elocuente defensa de la "Institución Familia".

De esta forma se plantearon "tres defensas alternativas":

*La absolución de Crespo por falta de acción, es decir, porque no estuvo en el lugar en la hora en que se produjo el crimen.

*La absolución por el principio jurídico que reza: "en caso de duda debe estarse en favor del imputado".

*Aplicar circunstancias extraordinarias de atenuación, "porque acá hubo una situación subjetiva de relajación en cabeza de Escamochero, de degradación del vínculo inusual, anteriores al hecho, suficientes para convertir el homicidio calificado por el vínculo en homicidio simple, que establece penas de 8 a 25 años de prisión".

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