Y esto dice el convenio...
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 557/09
Buenos Aires, 23 de diciembre de 2008
B.O.: 6/10/09
Fútbol, jugadores y técnicos. Rama: futbolistas profesionales.
Convenio colectivo de trabajo, acuerdo entre Futbolistas Argentinos Agremiados (FAA) y la Asociación del Fútbol Argentino (AFA)
Derechos y obligaciones
Plazo de duración de los contratos
Art. 5 – El plazo de duración de los contratos será el siguiente:
5.1. Contrato profesional promocional:
5.1.1. El club con futbolistas que hayan cumplido dieciséis o más años de edad, inscriptos a su favor en el registro o incorporados por transferencia de su contrato o incorporados por ser libres de contratación, podrá celebrar con dichos futbolistas contrato promocional profesional por un año de duración con las siguientes opciones de prórroga:
i) Con futbolistas que hayan cumplido dieciséis años, por un año de duración, con posible opción del club para prorrogarlo por uno o dos años más.
ii) Con futbolistas que hayan cumplido diecisiete años, por un año de duración, con posible opción del club para prorrogarlo por uno o dos años más.
iii) Con futbolistas que hayan cumplido dieciocho años, por un año de duración, con posible opción del club para prorrogarlo por uno o dos años más.
iv) Con futbolistas que hayan cumplido diecinueve años, por un año de duración, con posible opción del club para prorrogarlo por uno o dos años más.
v) Con futbolistas que hayan cumplido veinte años, por un año de duración, con posible opción del club para prorrogarlo por uno o dos años más.
vi) Con futbolistas que hayan cumplido veintiún años, por un año de duración, con posible opción del club para prorrogarlo únicamente por un año más.
Foto Prensa Gimnasia
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