Para reconocer otras capacidades

Las nuevas disposiciones educativas habilitan la designación de abanderados en reconocimiento a aspectos de la vida “personal, deportiva, artística, social y vincular”, cuando se deban presidir actos “evocativos o curriculares” o se “represente como delegación a la institución escolar”.

Podrán llevar la enseña patria en esos casos quienes se hayan distinguido “en el desarrollo de alguna actividad científica, artística o deportiva representando a la escuela o integrando una delegación oficial o selección”; y quienes en esas instancias obtengan un reconocimiento, distinción o premiación en el ámbito de certámenes.

También los alumnos “que se hayan destacado por su labor solidaria, su aporte a la cultura o su desempeño en actividades de interés general, en beneficio de la comunidad, de sus pares o de terceros”.

Y por último, los que muestren en el año lectivo “niveles destacados de esfuerzo y dedicación para afrontar dificultades de orden pedagógico, vincular o social”.

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