El eclipse de los deberes humanos

Por JOSE MARIA TAU (*)

Al situar la dignidad humana (dignidad proviene del vocablo latino “dignitas”, que traduciría la palabra griega “axioma”: lo que no necesita demostración) como centro y finalidad de todo el Derecho, la Bioética Jurídica se nutre de la filosofía de los derechos humanos.

Estos derechos constituyen una de las máximas conquistas del humanismo, en tanto no dependen del lugar de nacimiento, posición social, color de piel o religión, sino tan sólo de… ser humano. Mucho padeció la humanidad como para que alguien intente menoscabar su valor.

Tras una primera, de naturaleza política y orientada a la libertad, siguieron otras generaciones de derechos humanos y nuestra tarea debe ser consolidarlos día a día.

Cierto que no es fácil hablar de deberes ante quienes cotidianamente padecen angustias (llegar a fin de mes, inseguridad, empleo) y penurias (servicios deficientes, demoras y esperas por todos lados), sin mencionar los millones que no padecen esos “contratiempos”, porque deben dedicar su tiempo sólo a sobrevivir.

Sin embargo, o quizá por eso, urge recordar que hay también deberes humanos.

Al principio eran los deberes

Ulpiano, un gran jurista nacido en Tiro (hoy Líbano), buscó en la Roma imperial puntos de partida que fueran universales para cualquier ordenamiento jurídico. Y llegó a formular tres principios: “honeste vivere” (vivir honestamente), “alterum non laedere” (no dañar a los demás) y “suum quique tribuere” (dar a cada uno lo suyo).

Aquí mismo, hace pocos días un Académico se refirió a ellos. Sólo los recuerdo para mostrar que esos tres principios que estarían en la base del Derecho, no son sino deberes.

Los derechos no pueden existir sin deberes: hay derechos y pretensiones exigibles, precisamente porque existen deberes. También en estas páginas se publicaron al respecto párrafos brillantes (y de amena lectura, como los de Sergio Sinay) pero, en general, hay un gran silencio sobre los deberes humanos.

Ese silencio merecería un profundo análisis, en el que no se excluya el desarrollo, al mismo tiempo que los derechos humanos, de una idea de la autonomía personal que en su paroxismo intenta identificar cualquier pretensión subjetiva con un derecho. Respetando esa autonomía que es signo de la época, la Bioética Jurídica trata hoy de discernir cómo se preservan valores en las fronteras de la vida.

Lamentablemente, el discurso de los derechos humanos (esa “utopía realista”, a la que alude Habermas), ha llegado a omitir los deberes hacia uno mismo, hacia los demás, hacia la sociedad en su conjunto, el ambiente y las futuras generaciones.

La sombra de ese eclipse se proyecta incluso sobre la escuela. Los deberes escolares eran una primera ejercitación de ciudadanía. Hasta hace pocos años los padres condicionaban exigencias de los hijos a que realizaran sus deberes. Parece gracioso, pero hoy los niños ni oyen esa palabra. La escuela la erradicó: harían “la tarea”.

Más llama la atención ese silencio, si recordamos que la misma Declaración Universal que el 10 de diciembre de 1948 proclamó solemnemente en París los Derechos Humanos, expresa en su artículo 29º que “toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad”.

Los derechos no pueden existir sin deberes. Hay derechos y pretensiones exigibles, precisamente porque existen deberes

Ese mismo año, la declaración que en Bogotá fundaba el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, fue titulada “De Derechos y Deberes del Hombre”, puntualizando en su preámbulo que “el cumplimiento del deber de cada uno es exigencia del derecho de todos. Derechos y deberes se integran correlativamente en toda actividad social y política del hombre. Si los derechos exaltan la libertad individual, los deberes expresan la dignidad de esa libertad…”

Proclama allí que “los deberes de orden jurídico presuponen otros, de orden moral, que los apoyan conceptualmente y los fundamentan” y culmina con otra frase casi olvidada: “puesto que la moral y buenas maneras constituyen la floración más noble de la cultura, es deber de todo hombre acatarlas siempre…”

Un prestigioso Instituto Internacional propicia actualmente sancionar en cada país un Código de Derechos Humanos como parte de su derecho interno (tal como existe uno Civil y Comercial, o Penal). Bienvenida la propuesta. Gran tarea será conjugar en ese Código deberes humanos como los detallados en la Declaración Americana.

Deberes y ciudadanía

Desde una ética social previa a cualquier norma jurídica, parece indiscutible que quienes en una sociedad detentan mayor poder, sea económico (empresarios), gremial, social (dirigentes), y –muy especialmente- político, deben asumir frente a ella mayores responsabilidades y obligaciones.

La realidad parece indicar lo contrario. Son casi excepción los funcionarios públicos que dan ejemplo desempeñando su tarea como servicio y mostrando, a quienes los sostienen con sus impuestos, que son servidores, no patrones cuya única finalidad es la ventaja económica. Que no realizan un trabajo cualquiera. Y no me refiero a quienes cobran sin trabajar, o los que aceptan una función sin la mínima idoneidad para ella. Mucho menos, a los corruptos.

Tampoco hace falta pensar en el edificio de Comodoro Py. Mientras escribo, pasan por mi ventana vehículos con padres que llevan sus hijos a una escuela vecina. Observo cómo, al llegar a la esquina, baja el vidrio de un lujoso automóvil y una mujer lanza por la ventanilla una bolsa repleta de basura. Hay una niña sentada a su lado; pero, concentrada como está en su celular, creo que -por suerte- no se ha dado cuenta.

Ayudar a generar conciencia de deberes parece una tarea inacabable. Quizá el primero de esos deberes, sea no desanimarse.

 

(*) Abogado, vicepresidente de la Asociación Argentina de Bioética Jurídica

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