La publicidad callejera no puede quedar librada al “vale todo” en la Ciudad

La ordenanza que regula el uso de la publicidad en la vía pública ha pasado a integrar el cuerpo de las normas municipales que se aprueban, pero que no se hacen cumplir. Como se reflejó en la edición de ayer, en efecto, es obvio que esa disposición pasa absolutamente desapercibida y que los afiches y distintas pancartas publicitarias se colocan en forma anárquica. Las infracciones son notorias y no se sancionan.

Tal como se informó, la Ordenanza Nº 9168 determina que la publicidad en el partido de La Plata, deberá respetar los valores patrimoniales y de preservación, ecológica, arquitectónica y urbana que forma parte de los principios fundamentales de la capital de la Provincia de Buenos Aires. Sin embargo prácticamente no hay cuadra en la que esa normativa no se viole.

Los afiches promocionan las más diversas actividades, desde obras de teatro hasta las presentaciones de bandas. En ese contexto, no hay espacio del microcentro que zafe de convertirse en soporte de algún tipo de propaganda. Esos carteles completan, además, el bombardeo visual que enfrentan los automovilistas al entrar en una de las zonas con mayores complicaciones de tránsito de la Ciudad.

Ciertamente, resulta llamativa la permisividad que imperó en las últimas y sucesivas administraciones. Sin embargo, en no pocas oportunidades, la propia Municipalidad agravó las cosas al permitir la instalación de grandes pantallas de led en esquinas conflictivas, que distraen la atención de los automovilistas y aumentan los niveles de inseguridad en el tránsito, en lo que resulta ser uno de los casos más nocivos de contaminación visual.

Más allá de los anuncios formulados ahora en la Comuna, en el sentido de que se solicitará a los distintos operadores a que se ajusten a derecho en lo concerniente a la publicidad callejera, lo que realmente importa es que se fije un criterio claro y definitivo.

En anteriores ocasiones en que se trató este tema, desde la Municipalidad se aseguró que no se pretendía aplicar en forma rigurosa la ordenanza, sino de manera gradual. Se ignoró entonces que las normas no se aplican “en cuotas”, salvo que ellas mismas contemplen una aplicación progresiva. En este caso, por ejemplo, el propio texto aprobado por los concejales estableció un plazo original de sesenta días para adecuarse a la disposición. Pero a partir de ahí, la norma está para ser cumplida en su totalidad.

En otras oportunidades los funcionarios dijeron que no se estaba haciendo cumplir la ordenanza “con dureza”, en una definición de tipo eufemístico, que también genera incertidumbre. ¿Cuál es el criterio para aplicar algunas normas a rajatabla y otras no? ¿Por qué en algunos casos se actúa con dureza y en otros de un modo contrario? Estos interrogantes terminan por generar dudas sobre una cuestión esencial: la ecuanimidad y uniformidad de criterio en la aplicación de las normas.

Estas constantes indefiniciones generan desigualdades pero además debilitan el poder de policía que debe ejercer el municipio. Una ciudad en la que las normas se dictan pero no se hacen cumplir se termina acercando peligrosamente a un festival de “vale todo” en el que cada uno, en definitiva, termina haciendo lo que quiere.

No se trata de actuar en forma espasmódica y de salir un día con toda la artillería a la calle y después dejar hacer durante un largo tiempo. El objetivo, en cambio, debería ser el de promover un sistema permanente de respeto a las normas vigentes, en el que los incumplimientos sean sancionados. De lo contrario, se alienta la sensación de que lo mismo da ajustarse a la norma que no hacerlo.

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