Penas de hasta un año de cárcel
Edición Impresa | 8 de Abril de 2017 | 02:42

Arruinar con grafitis una propiedad es un delito que, aunque excarcelable, es pasible de una condena. Y si el edificio vandalizado con aerosol es público, el daño que en ese caso se produce contra el inmueble es “calificado”, lo que implica un castigo mayor según el Código Penal. Aunque ese tipo de acciones, que en esta ciudad es cosa de todos los días, no suele tener ninguna consecuencia para sus autores, están contempladas dentro de la ley. Quienes cometan esa clase de atentados pueden pasar hasta cuatro años de prisión.
Son escasos, no obstante, los ataques en los que intervinieron las autoridades. En 2007, un joven que realizó un grafiti en un edificio judicial porteño fue sometido a juicio oral y público por “daño calificado”. Una policía lo había descubierto “in fraganti”, mientras pintaba uno de los muros de los tribunales comerciales de la capital federal y fue aprehendido. Hace dos años, en La Plata, dos adolescentes que se encontraban interviniendo con pintura un paredón de 7 entre 63 y 64 fueron descubiertos por la Policía Local, demorados y llevados a la comisaría para su identificación.
Se trata de un delito de daños que afectan el derecho de propiedad y en su forma simple (artículo 183 del Código Penal) castiga con 15 días a un año de cárcel al que destruya, inutilice, haga desaparecer u ocasione un daño a una cosa mueble o inmueble. Los agravantes están contemplados en el artículo 184, que señala la pena de 3 meses a 4 años si el blanco del ataque es un sitio público.
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