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Estaban suspendidos por la Justicia, pero ahora autorizó a incorporarlos en la boleta de enero de Edelap. La suba se suma a la que regirá en febrero a nivel nacional
A la espera de los aumentos en el costo de la energía eléctrica que comenzarán a regir en el plano nacional el primer día de febrero, los usuarios de la Ciudad -y la Provincia- se desayunaron con un aperitivo: el regreso a las boletas de Edelap de impuestos que estaban suspendidos por la Justicia desde hacía un año y medio.
En las facturas de enero hicieron su reaparición, con el aval de la Corte bonaerense, dos ítems ausentes desde julio de 2016 por una medida cautelar de primera instancia: los aportes para “desarrollo eléctrico” y “grandes obras”. Además, si bien meses atrás fue derogado el polémico “fondo para Santa Cruz”, afloró el “fondo de compensación para las cooperativas eléctricas”.
En resumen, la suma de estos “nuevos viejos” gravámenes, que tienen como destino las arcas nacionales, bonaerenses y comunales, agrega una suma en torno al trece por ciento a lo que desembolsan los usuarios cada mes. Y lleva la carga impositiva total de las boletas residenciales a un inquietante 48,6 por ciento en relación con el costo de la energía consumida.
Cada factura eléctrica incluye dos tipos de cargos: los energéticos, vinculados con el consumo (fijos o variables dependiendo del período y la categoría del usuario) y los tributarios, según lo dispuesto por cada jurisdicción. En nuestra provincia, éstos incluyen el IVA (21 por ciento); la Contribución Provincial Decreto Nº1795/92 (0,64 %); la Contribución Municipal Decreto Nº1795/92 (6,42 %), el Decreto Ley 7290/67 (10 %), el Decreto Ley 9038/78 (5,5%) y la Ley Provincial 11769 (5%).
En mayo de 2016, un fallo firmado por el juez en lo Contencioso Administrativo pergaminense Luciano Savignano hizo lugar al planteo de dos ediles del radicalismo de esa ciudad contra el cobro de sendas tasas creadas en 1967 y 1978. Los concejales, Carlos Elizalde y Ramiro Llan de Rosos, consideraron en su presentación que si bien la recaudación obtenida por esas disposiciones debía asignarse a obras, estudios y proyectos relacionados con la infraestructura eléctrica, los fondos iban indefectiblemente a parar a rentas generales.
Llan de Rosos y Elizalde sostuvieron que “las normas impugnadas incrementan arbitrariamente las facturaciones” y que “el fin para el que fueron implementadas no resulta vigente”, por lo que se tornaron “irrazonables”.
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El alcance de la suspensión del cobro, inicialmente orientado a los demandantes, se extendió a todo el territorio bonaerense a partir de una gestión de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, liderada entonces por Marcelo Honores. Y fue notificado a Edelap por el Organismo de Control de la Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA), en julio de 2016.
Sin embargo, en noviembre pasado la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Nicolás hizo lugar al reclamo de la Provincia para reiniciar los cobros; la oficina del actual ómbudsman recurrió a la Suprema Corte, pero el alto tribunal avaló a la Cámara, por lo que los gravámenes cuestionados volvieron a incorporarse en la facturación.
En las facturas de enero hicieron su reaparición dos ítems ausentes desde julio de 2016
La carga impositiva de las boletas llega a un 48,6 por ciento en relación con la energía consumida
Fuentes de Edelap precisaron que “los Decretos-Ley 7.290 (que implica un impuesto del 10 por ciento) y 9.038 (5,5%), así como la Ley 11.769 -Resolución Ministerio de Infraestructura Nº419/17, artículo 43- (5%) son conceptos tributarios sobre los que la empresa actúa solo como agente de percepción, es decir que los incorpora en las facturas que emite a sus usuarios y los deposita periódicamente a la Dirección Provincial de Energía y al OCEBA”.
Los voceros confirmaron que “en relación con los conceptos Decreto-Ley 7.290 (10 por ciento de cargo) y 9.038 (5,5 %), cabe recordar que en julio de 2016 el OCEBA nos notificó acerca de la medida cautelar que suspendía su facturación, y en noviembre de 2017 nos instruyó a reincorporarlos”.
La otra “novedad”, el Fondo de Compensación Tarifario para las Cooperativas Eléctricas, con una incidencia del 5 por ciento y administrado por el organismo de control, “responde a los dictados de la Ley 11.769 y se incorpora en la factura en función de lo dispuesto en dicha ley y el artículo 43 de la Resolución 419/17”, señalaron en Edelap.
Este fondo busca compensar las diferencias de costos de transporte y distribución de la energía, entre los distintos concesionarios provinciales y municipales, posibilitando mediante subsidios que “usuarios de características similares de consumo, en cuanto a uso y modalidad, abonen por el suministro igual dinero a iguales cantidades de energía utilizada”.
Concretamente, sobre una boleta cercana a los $400, las tasas reincorporadas representan sumar más de un veinte por ciento a la carga tributaria y se traducen en unos $55. Y el total de los impuestos se dispara a casi un tercio del desembolso final del usuario; aun así, según trascendió, no está descartada la inclusión de alguna otra contribución para el erario provincial que podría superar el diez por ciento.
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