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Sin descensos y ahora hay mar de fondo con los futbolistas

Los jugadores, tras saberse la medida, pusieron el grito en el cielo contra su Gremio porque entienden que habrá una lluvia de rescisiones

En el comité virtual estuvieron Pellegrino del Lobo y Caiella, del Pincha

Por Redacción

El Comité Ejecutivo de AFA aprobó, a través de una reunión virtual, la finalización de las temporadas y la suspensión de los descensos de todas las categorías por el coronavirus. El presidente Claudio Tapia abrió la reunión en línea y dio paso a los distintos directivos, que luego votaron por unanimidad todas las medidas y convocaron a una Asamblea Extraordinaria para el 19 de mayo. Estas medidas, anoche fueron analizadas por los capitanes de Primera División con Sergio Marchi, el titular de Futbolistas Argentinos Agremiados, a quien le hicieron saber su disconformismo, ya que entienden que estas disposiciones le abrirán la puerta a una lluvia de rescisiones contractuales a partir del mes de junio: “sin la presión de un descenso, muchos se sacarán de encima los contratos más caros”, dijo una vez del mundo del fútbol de primera.

Así y todo, las temporadas de todas las categorías se dieron por terminadas, estableciendo la clasificación a las copas internacionales con las posiciones actuales, y los descensos quedaron suspendidos por dos años.

Sin embargo, los ascensos se jugarán “en la cancha”, como afirmó Tapia, siempre y cuando la pandemia lo permita.

uno por uno, los artículos de la resolución de la afa:

Aquí, los artículos acordados:

Art. 1°: Establecer la finalización de la Temporada 2019/20 de las Categorías Primera División (Superliga), Primera Nacional, Primera B Metropolitana, Primera C, Primera D y Federal A.

Art. 2°: Disponer que la próxima temporada deportiva se extenderá de enero a diciembre del año 2021, quedando establecido que todas las temporadas se disputarán en el mismo lapso temporal de los años sucesivos.

Art. 3°: Determinar, para todas las Categorías referidas en el artículo primero, que los descensos establecidos para la presente Temporada 2019/20 y los correspondiente a la Temporada 2021, quedan sin efecto, manteniendo todos los clubes la Categoría.

Art. 4°: Asignar al Campeón del Campeonato de Primera División 2019/2020 la Posición ARGENTINA 1 a la Libertadores 2021.

Art. 5°: Prever, siempre que así lo permitan las directivas e instrucciones emanadas desde el Gobierno nacional y las autoridades sanitarias para el segundo semestre del corriente año, la forma de establecer los resultados deportivos y la programación de un torneo integrado por los clubes que participan en la Superliga, cuya reglamentación quedará sujeto a las normas que oportunamente dicte el Comité Ejecutivo, y que clasificará la plaza para la Conmebol Libertadores 2021 correspondiente a la “Copa de la Superliga 2020”, a la que se le asigna la Posición ARGENTINA 2.

Art. 6°: Determinar la forma de establecer los resultados deportivos y reprogramar, eventualmente, en el segundo semestre del corriente año, siempre que así lo permitan las directivas e instrucciones emanadas desde el Gobierno nacional y las autoridades sanitarias, la “Copa Argentina 2020” que mantendrá la plaza correspondiente para la Conmebol Libertadores 2021, a la que se le asigna la Posición ARGENTINA 3.

Art. 7°: Asignar a los tres (3) mejores equipos de Primera División, considerando la Tabla General de Posiciones, las Plazas ARGENTINA 4, 5 y 6 respectivamente, a la Conmebol Libertadores 2021.

Art. 8°: Asignar a los siguientes seis (6) mejores equipos de Primera División, considerando la Tabla General de Posiciones, las Plazas ARGENTINA 1, 2, 3, 4, 5 y 6 respectivamente, a la Conmebol Sudamericana 2021.

Art. 9°: Ratificar el sistema de promedios vigente para la Categoría Primera División (Superliga), a los fines de determinar los descensos a la finalización de la temporada 2022, donde serán computables a tal fin, el promedio de puntos que cada club obtenga en las temporadas 2019/20, 2021 y 2022.

Art. 10°: Diferir para el segundo semestre del corriente año, siempre que así lo permitan las directivas e instrucciones emanadas desde el Gobierno nacional y las autoridades sanitarias, la definición de los mecanismos para determinar, a través de la disputa de Torneos reducidos, los resultados deportivos y la proclamación de ascensos en las Categorías Primera Nacional, Primera B Metropolitana, Primera C, Primera D y Federal A.

Art. 11°: Determinar la finalización de los Campeonatos de Fútbol Femenino 2019/2020; para los cuales quedan sin efectos los descensos; la plaza a la Conmebol Libertadores de Fútbol Femenino se otorga al equipo que ocupaba la primera posición en la Fase Clasificatoria del Campeonato de Primer División 2019/2020 de Fútbol Femenino al momento de la suspensión del certamen; y, eventualmente, siempre que así lo permitan las directivas e instrucciones emanadas desde el Gobierno nacional y las autoridades sanitarias, el Comité Ejecutivo establecerá la forma para determinar los resultados deportivos y los ascensos de Categoría.

Así las cosas, en estas semana se vendrá una fuerte discusión entre los dirigentes, que buscarán bajar los costos y los jugadores, que pretenderán salvar sus fuentes de trabajo. Esto recién empieza...

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