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Farmacéuticos platenses destacaron el fallo de la Corte que impide a Farmacity abrir sucursales en la Provincia

Por Redacción

El Colegio de Farmacéuticos de La Plata emitió hoy un comunicado en el que destacó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en rechazó a un pedido que realizó la firma multinacional Farmacity para abrir sucursales en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

"Este miércoles la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el pedido de la cadena Farmacity  de abrir sucursales en territorio bonaerense. Basándose en principios de salud pública, encontraron razonable la actual normativa bonaerense. De esta forma se resuelve un reclamo histórico por el cual todos los farmacéuticos de nuestra Filial y de la provincia hemos luchado incansablemente", señalaron desde el Colegio.

"En esta oportunidad y con el voto de los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Martín Irurzun (la jueza Mirta Gladis Sotelo de Andreu votó en disidencia), el máximo tribunal negó a la firma la posibilidad de pasar por alto la Ley provincial que regula nuestra profesión y de operar en territorio bonaerense. Es por eso que hoy, y con firmeza en nuestra voz, una vez más a Farmacity le seguimos diciendo ¡no!", destacó la entidad.

Los farmacéuticos platenses retomaron los fundamentos de la Corte al indicar que "en el decisorio que se conoció durante el último día de junio, los magistrados del más alto tribunal de nuestra Nación sostuvieron que el pedido “no encuadra en las facultades que el ordenamiento jurídico vigente reconoce como exclusiva y excluyente del Congreso de la Nación".

Siguiendo lo expuesto por los jueces, resaltaron: "Tampoco se trata de una materia expresamente vedada a la Provincia, se trata de una competencia de incumbencia compartida y concurrente lo cual encuentra base en el principio de aplicación eficaz de los derechos del consumidor".

Según expresaron desde el Colegio, "la Corte Suprema consideró que Farmacity no había probado que la aplicación de la ley provincial entorpecía severamente la política nacional” en torno al cuidado de la salud pública".

Nuevamente citando el fallo, se expresa que “se trata de normas complementarias que pretenden avanzar en la concreción de políticas públicas comunes en orden a la protección de derechos fundamentales de la población y, en particular, de los consumidores de productos farmacéuticos”.

"Con respecto a la normativa provincial, la Justicia entendió que busca 'garantizar la independencia profesional para evitar que se afecte el nivel de seguridad y calidad del abastecimiento de medicamentos a la población", se añade

El único voto en disidencia fue el de la Jueza Sotelo de Andreu, quien consideró que debía revocarse la sentencia por entender que habría “una violación al principio de igualdad, al permitir a ciertas personas jurídicas ser propietarias de farmacias y a otras no”.

Desde el Colegio de Farmacéuticos de La Plata sostuvieron que Farmacity propone un "modelo drugstore" que  "sería algo así como un 'supermercado temático' que se destaca por la disponibilidad de productos sin problemas de stock, horario extendido y sistema de góndolas de autoservicio, como también por una mayor presencia en lo que refiere a cosmética, higiene, perfumería y productos de belleza".

"En un primer momento, estas Farmacias drugstore se instalaron en la Capital Federal, principalmente en los barrios del centro y más acaudalados. Pronto empezaron a extender sus redes más allá de los límites de CABA, llegando a instalarse en algunas capitales o grandes ciudades provinciales, aunque ninguna de ellas del territorio bonaerense" recordó la institución en el comunicado.

En torno al caso judicial, se recordó que "en el año 2012  la cadena debió realizar una presentación en la Justicia bonaerense para solicitar se le permitiera instalar sus locales en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, dada la incompatibilidad con dos artículos de la Ley Provincial 10.606. Farmacity cuestionó el artículo 3, que establece la distribución racional de farmacias, de acuerdo a índices geográficos y demográficos. A su vez, cuestionó el art. 14, en cuanto no permite que las farmacias sean propiedad de Sociedades Anónimas".

"Desde ese momento comenzó una afrenta legal por parte de la empresa para poder desembocar con sus locales en la provincia. Al tratarse de una gran corporación con vínculos en el poder político nos encontrábamos sin lugar a dudas en una lucha absolutamente desigual, en donde los Farmacéuticos una vez más veríamos avasallada nuestra profesión", se informó.

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