Tal como estaba previsto y había anunciado este diario, en la jornada de ayer se desarrolló en el Fuero Penal de La Plata la audiencia de cesura del juicio por jurados, que tuvo sentado en el banquillo de los acusados al ex boxeador, Braian Cisterna, quien quedó en el ojo de la tormenta después de mantener encuentros íntimos con una chica de 14 años, en Cañuelas.
Si bien al principio le endilgaron el delito de abuso sexual, por el que incluso pasó más de cinco años en la cárcel, al término del proceso, en el que por unanimidad fue hallado culpable, aunque del delito de estupro, recibió la ansiada orden de libertad.
Por disposición de la jueza Carolina Crispiani, previa conformidad del agente fiscal, Cisterna pudo abandonar su lugar de detención, en la Unidad Nº 9 de nuestra ciudad.
Los voceros consultados mencionaron que el próximo 27 de diciembre se conocerá la sentencia final, con el dato adicional de las instrucciones en materia de niñez y género, que recibieron los jurados populares.
En ese sentido, las fuentes remarcaron que se trató de un juicio inédito, por la naturaleza de la situación bajo análisis.
Es que en este episodio confluyeron distintos estereotipos, que la doctora Crispiani entendió necesario despejar, para que no nublaran o dificultaran la decisión por adoptarse.
Que un joven de 27 años tenga sexo con una chica de 14, está mal visto en cualquier parte. Mediara incluso el consentimiento, como se probó en estos actuados.
En principio, luego de la prueba que se desarrolló en el debate, los jurados entendieron que no hubo ningún vicio que afectara la autonomía de la voluntad de la adolescente.
Por eso derribaron la hipótesis de la agresión sexual y se inclinaron por la figura del artículo 120 del Código Penal: “Será reprimido con prisión o reclusión de tres a seis años el que realizare algunas de las acciones previstas en el segundo o en el tercer párrafo del artículo 119 con una persona menor de dieciséis años, aprovechándose de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del autor, su relación de preeminencia respecto de la víctima, u otra circunstancia equivalente, siempre que no resultare un delito más severamente penado”.
Marcelo Di Siervi, abogado del expugilista, precisó que su defendido “llevaba preso cinco años, tres meses y 26 días, casi el máximo previsto para la conducta típica asumida, que es de seis años”.
“En el proceso quedó más que claro lo que pasó. Al margen de que podamos coincidir que hubo situaciones que no debieron ocurrir, hubo una relación preexistente y, en ese contexto, los encuentros entre ambas partes. El abuso no existió y de manera unánime fue receptado por el jurado”, explicó.
“No habitúo representar a delincuentes sexuales, pero tenía la plena certeza de que Cisterna era inocente y por eso tomé el caso”, argumentó.
“Desde el vamos pedimos que a Cisterna se lo sancione por lo que sucedió y no que se lo condene por lo que no había ocurrido. Afortunadamente, nos dieron la razón”, concluyó.
Cabe recordar que el suceso había tenido lugar en 2019 en Cañuelas, donde fue el comentario de todos los vecinos. Hasta que una denuncia activó la maquinaria judicial, todo en medio de una gran polémica. Con voces a favor o en contra del sospechoso.
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