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Cómo será el alcance de la decisión de volver a vender dólares para ahorro
El Gobierno sólo anticipó ayer que flexibilizará el cepo cambiarios para volver a vender dólares a quienes quieran ahorrar en esa moneda. Y postergó hasta el lunes las precisiones centrales de la medida (ver pág. 4). Los especialistas plantean los principales interrogantes y algunas especulaciones sobre el alcance de la medida que se detallan a continuación.
1.- COMO SE CALCULARA LA CAPACIDAD DE AHORRO DE CADA PERSONA
En el anuncio oficial sólo se dijo que la gente podrá volver a comprar divisas extranjeras para atesoramiento, por cantidades limitadas a su “capacidad contributiva”.
Cuánto está dispuesto el Gobierno a flexibilizar el cepo, dependerá, por lo tanto, de la fórmula que utilice para determinar esa “capacidad contributiva” que, a los efectos de la medida y de lo que le interesa a la gente, es equivalente a la “capacidad de ahorro” de cada ciudadano.
Desde ayer, se trabajaba en la Afip sobre los términos de ese cálculo. Pero los especialistas advierten que el cálculo que ese mismo organismo utilizaba hasta julio de 2012 -cuando el cepo se convirtió en casi absoluto-, y mediante el cual se vendían dólares para atesoramiento, no solía coincidir con el criterio que la propia gente tenía sobre su capacidad de ahorro.
2.- ¿SERA PUBLICO EL METODO DE CALCULO DE LA CAPACIDAD DE AHORRO DE CADA UNO?
De acuerdo a los primeros trascendidos sobre el alcance de la medida, el método para calcular cuántos dólares podrá comprar cada ciudadano no será público.
Por lo tanto, el monto que la Afip resuelva venderle a cada persona será absolutamente discrecional, señalan los especialistas.
3.- ¿PODRA LA GENTE PLANTEAR CUAL ES SU CAPACIDAD DE AHORRO?
Todo indica que el cálculo que utilice la Afip para determinar cuántos dólares puede comprar una persona -y por lo tanto, la decisión del organismo de cuántos billetes le venderá- no serán cuestiones que la gente pueda “discutir” tratando, por caso de probar ante las autoridades cuál es su propia posibilidad de “atesoramiento”.
4.- EL METODO QUE SE ADOPTE PARA EL CALCULO, ¿PREVERA TANTO LA CAPACIDAD DE ATESORAMIENTO DE QUIENES SE CONSIDERAN EN CONDICIONES DE AHORRAR CADA MES CIFRAS PEQUEÑAS?
Los especialistas creen que la decisión que adopte la Afip no incluirá a los pequeños ahorristas, más proclives a cuidar su margen de ahorro en dólares de lo que quizás las autoridades supongan. Los economistas señalan que históricamente muchos argentinos con capacidad de ahorrar no más de entre 20 ó 50 dólares por mes han optado por hacerlo en esa divisa.
5.- ¿SE FLEXIBILIZARA LA CANTIDAD DE MONEDA EXTRANJERA QUE SE VENDE PARA VIAJAR?
Las mismas dudas se generan con relación al anuncio de que también se flexibilizará el cepo en cuanto a la venta de dólares o euros a quienes viajan al exterior.
Y los especialistas también son escépticos sobre hasta dónde llegará esta “apertura”.
Ocurre que, supuestamente, el cepo nunca se aplicó para esa finalidad y el Estado no dejó de canjearles pesos por dólares o euros a quienes presentaban los pasajes aéreos y la contratación de servicios de hotelería y demás en el exterior. Pero en la práctica, la Afip fue vendiendo cada vez menos billetes para esa finalidad, hasta llegar a denegar monto alguno, inclusive durante una época. Y más allá de ese período en que se rechazaban los pedidos, siempre hubo quejas de los viajeros, que sostenían que los montos de compra de billetes que les autorizaban no guardaban relación con los dos parámetros que se utilizaban: los ingresos y gastos, y por lo tanto la capacidad “contributiva” de los viajeros, por un lado; y el gasto mínimo del viajero para comer y movilizarse en el exterior, por el otro.
6.- ¿CUANDO REGIRA LA REBAJA DEL ANTICIPO IMPOSITIVO PARA LAS COMPRAS DE PASAJES Y LAS REALIZADAS EN EL EXTERIOR?
Junto con el anuncio de la venta de divisas extranjeras para ahorro, el Gobierno anunció también ayer una rebaja del anticipo del impuesto a las Ganancias se cobra sobre las compras en el exterior con tarjetas de débito o de crédito, de pasajes aéreos y de paquetes turísticos en el exterior.
Pero sobre esa medida tampoco se dieron otras precisiones. Y regirá recién cuando la Afip la reglamente a través de una resolución del organismo y la publique en el Boletín Oficial.
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