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Opinión |EDITORIAL

Persiste la discriminación al no cumplirse con lo que ordena la ley de Talles

12 de Mayo de 2015 | 02:27

Pese a que hace diez años que entró en vigencia la llamada “ley provincial de los talles” -que obliga a los comercios que venden ropa a contar con medidas acordes a todas las necesidades- han surgido informes demostrativos de que en la actualidad el 65 por ciento de las personas tiene dificultades para conseguir ropa acorde a sus medidas. Cabría agregar que esa norma surgió como corolario como un movimiento de opinión nacional y que, por ello, son muchas las jurisdicciones provinciales que se fueron sumando.

Asimismo, como quedó evidenciado en un artículo publicado en este diario, en la gran mayoría de los casos el problema afecta a las mujeres y especialmente a las adolescentes, tal como reveló una encuesta realizada por una ONG en nuestro país. El estudio, que es el primero que se realiza en la Argentina, se realizó a fines del año último y contiene las respuestas de 885 personas de entre 12 y 68 años de edad, consultadas en distintas ciudades del país.

En el caso bonaerense, se trata, como se sabe, de una ley aprobada por la Legislatura en 2001 -reglamentada y sancionada recién en 2005- que prevé en su articulado fuertes multas y hasta clausuras para aquellos comercios que no cumplan con la obligación de ofrecer talles variados. La norma, como se detalla en sus fundamentos, “busca atenuar las consecuencias cada vez más graves de los modelos de mujeres ajenos a la contextura física de la mayoría de las personas”.

En su momento, se dijo en esta columna que el texto legislativo, en su espíritu, representaba un avance positivo y pretendía ser una contribución a la lucha contra trastornos alimentarios como la bulimia o la anorexia. Más allá de advertir, al mismo tiempo, que tampoco sus disposiciones pueden convertirse en un ataque a la libertad de comercio, lo que sigue viéndose a tantos años de su entrada en vigencia es que la ley existe sólo en los papeles. En los hechos, apenas se hicieron unos efímeros operativos de control que, a la luz de la experiencia, sólo fueron una puesta en escena.

Se dijo en esta columna en diciembre de 2005: “Resulta saludable que este tipo de problemáticas encuentre respuesta desde el ámbito legislativo. Sin embargo, también es fundamental que los organismos de aplicación -en este caso la Secretaría de Comercio de la Provincia- se ocupen de hacer cumplir estas nuevas disposiciones y de evitar que se conviertan en letra muerta al poco tiempo de su vigencia. Por supuesto, tales exigencias deben aplicarse con un criterio de razonabilidad y sin caer en excesos ni arbitrariedades que excedan el espíritu de la propia ley”.

Tal como se dijo, muchas chicas suelen sentirse frustradas y avergonzadas cuando pretenden salir de compras con sus amigas y no encuentran ropa para sus medidas. Justamente, la ley de talles nació para evitar estos tipos cotidianos y hasta angustiosos de discriminación. Lo que se prescribe es que los comercios dedicados a la venta de indumentaria para adolescentes dispongan de talles desde el 38 hasta el 48 de cada uno de los modelos ofrecidos.

No obstante ello, son muy contados los locales que cumplen con este mandato legal y, por consiguiente, corresponde decir que, lamentablemente, la ley sigue siendo letra muerta, tal como ocurrió a muy poco de ser sancionada. El objetivo, que es loable, no se ha logrado. Lo que hace falta es una genuina preocupación y una adecuada responsabilidad desde los organismos del Estado con incumbencia en este problema.

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