Los alumnos de las escuelas bonaerenses deberán hacerse un estudio sanitario obligatorio

Los alumnos de las escuelas públicas y privadas bonaerenses que cursen el primer año de cada ciclo educativo deberán realizarse un examen sanitario obligatorio.

Así lo dispuso ayer el gobierno bonaerense al reglamentar la ley 14.556 que estipula esa evaluación en todos los ámbitos, niveles y modalidades de la enseñanza.

La norma, que en la víspera fue publicada en el Boletín Oficial, busca “fortalecer la educación para la salud de los niños, niñas y adolescentes a través de la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad y la atención, basadas en métodos prácticos, científicamente fundados y socialmente aceptables”, reza el texto de la ley.

Detalla también que el examen deberá incluir “evaluación del desarrollo corporal y del estado nutricional; evaluación odontológica y oftalmológica; control del cumplimiento del calendario obligatorio de vacunación; detección de patologías con relevancia epidemiológica; evaluación fonoaudiológica y podológica”.

Especifica que el test obligatorio “deberá ser cumplimentado con anterioridad al 30 de septiembre del primer año correspondiente al inicio de cada ciclo” y aclara que “en cualquier momento se le realizará a aquellos niños, niñas y adolescentes que provengan de otra jurisdicción y se incorporen al sistema educativo provincial”.

La información sobre cada alumno será de “carácter privado” y se le comunicará oficialmente a sus padres, tutores o encargados.

Además, la ley crea un Registro Universal Sanitario Escolar Provincial (Rusep) en el que deberá inscribirse a todos los alumnos que cursen el primer año de la escuela primaria y toda información resultante de los exámenes individuales.

Asimismo, la norma determina que los comercios ubicados en las escuelas “deberán garantizar el expendio de productos tendientes a promover una alimentación saludable”.

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