Le dieron la tenencia a la abuela porque los chicos no “registraban” a sus padres

Una abuela recibió la “guarda legal” de sus dos nietos, ya que los niños “no registran en su conciencia” a sus padres, que están separados, de acuerdo a un fallo de un juzgado de familia que priorizó los derechos de los niños por encima de la patria potestad, al tiempo que aconsejó a los progenitores “trabajar para restablecer los vínculos filiales”.

El juez de primera instancia en lo Civil de Personas y Familia 6 de Salta, Daniel Juan Canavoso, remarcó que “el niño tiene derechos no solamente en tanto futuro adulto sino en tanto niño, y entre ellos se encuentra el derecho a una plena vida familiar, que implica poder ser cuidado por sus padres, más allá de la convivencia o falta de convivencia de éstos. Pero cuando los padres no aporten soluciones consensuadas en este sentido, esa voluntad debe ser suplida por el juez, quien debe evaluar qué es lo más conveniente para el menor”.

DEMANDA Y TRATAMIENTO

De esta manera, el juez rechazó una demanda presentada por un hombre contra su ex pareja solicitando la custodia de sus dos hijos, y resolvió mantener la situación de hecho que viven los menores, otorgando la guarda legal a la abuela materna.

Según informaron fuentes judiciales, el magistrado también ordenó a los padres de los niños “someterse conjuntamente con los menores a un tratamiento psicológico por un espacio de seis meses en el hospital público, centro de salud o profesional privado de su elección, para reforzar los aspectos de su personalidad necesarios para una revinculación adecuada”.

PADRES ALEJADOS

El padre había solicitado la custodia de sus dos hijos con el argumento de que su ex pareja vive y trabaja en otra provincia, y que los niños habían quedado al cuidado de su abuela materna, al tiempo que había hallado a sus hijos “mal aseados y con caries”.

Por su parte, la madre adujo que su ex pareja nunca cumplió de manera regular sus obligaciones parentales y explicó que trabaja como enfermera en el Regimiento de Caballería en Puerto Deseado, Santa Cruz.

Indicó además que ingresó allí “en busca de sustento económico para sus hijos” y que los visita regularmente.

En este marco y con estos antecedentes, el juez determinó que ninguno de los progenitores se encontraba en condiciones de asumir responsablemente el cuidado de sus hijos, concediendo la guarda legal a la abuela de los niños.

El magistrado remarcó que “si bien ambas partes se consideran aptas para el adecuado ejercicio del rol parental, ninguno de los dos está registrado en la conciencia de los niños, y en su vida diaria como papá y mamá, vínculos filiales sobre los cuales habrá que trabajar para restablecerlos de manera adecuada”.

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