Le dieron 2 años de cárcel por matar al ex cuñado y salió libre
| 6 de Septiembre de 2015 | 02:26

El Tribunal Oral en lo Criminal III de La Plata condenó ayer a 2 años de prisión de efectivo cumplimiento a Maximiliano Alegre, acusado de haber asesinado a Cristian Salvatore, su ex cuñado, en una casa de La Granja, presuntamente al enterarse de una supuesta agresión a su hermana. Por lo que se ventiló en el juicio, la mujer había logrado una prohibición de acercamiento contra su ex, por un supuesto caso de violencia de género.
Los jueces Santiago Paolini, Andrés Vitali y Ernesto Domenech señalaron que la pena debía ser de efectivo cumplimiento, aunque Alegre se retiró de los tribunales en libertad, al darse por cumplida la sanción por el tiempo que llevaba detenido con prisión preventiva.
De esta forma, el Tribunal hizo lugar a lo planteado por el fiscal de Juicio de La Plata Rubén Sarlo, que había solicitado 3 años de prisión para Alegre, al afirmar que actuó en estado de emoción violenta el día que mató a su ex cuñado.
Para los jueces, en el debate se acreditó que poco ante de las 21 del 31 de agosto de 2012, el acusado, en una casa de calle 520 y 145, de La Granja, golpeó en varias oportunidades a Salvatore en la cabeza con un fierro y le dio múltiples puñaladas en el cuello. También precisaron que “la agresión ocurrió en medio de una discusión que la víctima mantenía con su ex pareja Marcia Sarli, hermana del agresor, y en momentos en que la víctima insultaba, amenazaba y la sujetaba del cuello con sus manos”.
“Salvatore mantenía con Sarli una relación caracterizada por episodios de violencia verbal y física padecidos por esta última a manos del primero y denunciados desde 2004 en reiteradas oportunidades en los fueros civil, penal y de familia”, se afirmó en el fallo.
En el veredicto condenatorio los jueces indicaron que “tras el incidente el agresor envolvió el cuerpo de la víctima en una frazada, lo ató con alambre de fardo y lo subió al asiento trasero del Fiat Duna en el que había llegado Salvatore a la casa de su ex, y junto a ésta lo trasladaron a un descampado de calle 147, entre 525 y 526”.
“Una vez allí -se agregó en el fallo- el acusado roció con nafta el auto, con el cuerpo de la víctima adentro, y lo prendió fuego. Un vecino al sentir un fuerte olor a quemado salió de su casa, vio el Duna que se estaba incendiando, se acercó, rompió el vidrio del lado del acompañante del lado trasero del conductor y apagó el fuego”.
Además se señaló que Salvatore murió “como consecuencia de un traumatismo encéfalo craneano grave y por las herida de arma blanca”.
“Al momento de cometer el hecho el agresor padeció una reacción emocional incoercible ante un severo psicotrauma desencadenante”, se concluyó en la sentencia.
Por su parte, el abogado Martín Bolpe, como representante del particular damnificado, analiza ahora la posibilidad de recurrir este fallo a Casación.
En el juicio, la defensa del imputado, a cargo del abogado Roberto Montenegro, había pedido la absolución, al plantear la inimputabilidad, porque “Alegre no comprendió la criminalidad del acto” por un trastorno mental transitorio el día del hecho”.
Finalmente el Tribunal se inclinó por la postura del fiscal Sarlo, aunque aplicó una pena menor a la requerida por el representante del ministerio público.
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