Justificadas protestas vecinales por podas y talas que afectan al arbolado platense

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Pese a las reiteradas directivas ofrecidas por especialistas forestales y a las ordenanzas que regulan esas tareas, las podas en nuestra ciudad siguen caracterizándose, en cambio, por la desmesura con que se realizan los cortes de ramas y, asimismo, por las talas clandestinas que concretan muchos particulares, en muchos de esos casos con la supuesta finalidad de facilitar la mayor visibilidad de comercios y, en otros, por considerar los frentistas que los árboles generan diversos tipos de inconvenientes.

Lo cierto es que el patrimonio forestal de la Ciudad sigue sufriendo una suerte de destrucción cotidiana, disminuyéndose así no sólo el número de ejemplares sino el porte de las copas que son las que garantizan una mayor cantidad de oxígeno y de defensa contra la polución ambiental.

Tal como se informó en este diario, la esquina de 24 y 45 es una de las que acaba de padecer el paso de las motosierras. Aquí ya no se trató de una poda excesiva, sino de mucho más: cuatro tilos adultos que se hallaban en perfecto estado, de acuerdo con el relato de vecinos que se sorprendieron ante el episodio, fueron eliminados del lugar, a metros de la plaza 19 de Noviembre. “Lo que hicieron no tiene nombre”, consideró uno de los denunciantes.“Los troncos no estaban ahuecados ni inclinados, y las veredas estaban casi intactas. No tienen perdón”.

Lo cierto es que durante los fines de semana, la cantidad de talas clandestinas en el casco histórico y la periferia local se dispara debido a lo que se presume como una merma de los controles municipales. Pero lo que nunca se conoce es si, después, la Municipalidad aplica sobre los frentistas las sanciones previstas en las ordenanzas.

Cuando se habla de que el fenómeno también se registra en la periferia -podas que en la práctica son mutilatorias, talas a medio tronco o extracción total de ejemplares- esa negativa realidad se presentó en estas jornadas en la diagonal 9 de Julio entre Pellegrini y Cantilo de City Bell, una localidad que, como muchas otras, se caracteriza por su muy rico arbolado.

Convendría también recordar que la ley provincial 12.276, en su artículo segundo, establece con claridad la obligación de los municipios para que en forma anual presenten un plan de forestación y de reforestación.

Pero no sólo por una obligación legal, sino por las diversas ventajas ya enumeradas aquí, resulta inexcusable para los municipios respetar y acrecentar el valioso patrimonio que significa el arbolado público. Especialmente, en épocas en las que la contaminación ambiental se ha convertido en un verdadero flagelo sanitario, defender este recurso natural constituye una tarea y una obligación prioritarias para las autoridades responsables.

En el caso de La Plata, no debiera ser necesario reiterar que, al ser fundada, nació con premisas urbanísticas de vanguardia y que, entre las más salientes de ella, figuraba la de contar con un arbolado público de excelencia. Fueron muchas las generaciones que cumplieron con el deber de preservar y acrecer ese patrimonio y, por consiguiente, le corresponde a las actuales proyectar hacia el futuro el mismo legado.

 

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