Desarticularon 13 fiestas clandestinas en La Plata durante el fin de semana: sanciones a los organizadores
| 15 de Febrero de 2021 | 15:11

La Comuna desplegó este fin de semana largo diversos operativos de control de la nocturnidad, en donde se informaron que se desarticularon 13 fiestas clandestinas en viviendas particulares y bares que no cumplían con los protocolos sanitarios correspondientes, frente a la pandemia del coronavirus
Según precisó la Comuna, se desarrolló la clausura y desalojó de siete fiestas clandestinas que se estaban llevando adelante en viviendas particulares y en bares que no respetaban las normativas vigentes. Por lo que se procedió a su vez con la sanción de sus organizadores.
Según indicó, en total se recepcionaron 30 denuncias positivas, de las cuales se labraron 7 contravenciones por fiestas clandestinas y se desarticularon 6 con actas de constatación; mientras que se confeccionaron 2 contravenciones en bares y el resto fueron por ruidos molestos.
Dentro de las fiestas clandestinas más convocantes se desactivaron tres que se llevaron adelante en domicilios particulares de calle 5 entre 507 y 506; 27 entre 87 y 88; y 637 entre 18 y 19, con hasta 300 personas.
En el marco de los operativos desplegados, se trabajó con retenes preventivos en inmediaciones a parques y plazas públicas, donde los jóvenes venían llevando adelante juntadas masivas los últimos fines de semana, sin respetar las medidas de distanciamiento social dispuestas.
También se verificó el cumplimiento de las medidas dispuestas para bares y boliches, con el correspondiente control de aforo y el horario de cierre establecido.
MULTAS DE HASTA 2 MILLONES DE PESOS POR ORGANIZAR FIESTAS CLANDESTINAS
Vale recordar que las multas para quienes organicen fiestas clandestinas en bares, salones de fiestas o casa quintas, las cuales se encuentran prohibidas, podrán alcanzar hasta los 2 millones de pesos, de acuerdo al artículo 104 del Código Contravencional.
Mientas que la sanción para las juntadas masivas equivalen al pago de hasta 1 millón de pesos y recaerá no sólo en quienes organicen el encuentro, sino también en los propietarios del inmueble en el que se desarrolle y en todo el consorcio cuando se trate de edificios o barrios cerrados, de acuerdo al artículo 45 de la Ordenanza Municipal N° 6147.
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