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Los niños de hasta 12 años deberán viajar sentados en dispositivos especiales de seguridad ubicados en la parte de los asientos traseros de los autos, de acuerdo a una ley que sancionó la Legislatura de la ciudad de Buenos Aires y que ha generado notable polémica.
La norma modificó el Código de Tránsito y Transporte porteño y estipuló la obligación de utilizar los dispositivos en menores con una altura inferior a 1,50 metros y aquellos que no superen los 12 años, dado que hasta ahora la ley contemplaba que estos sistemas debían utilizarse para los menores de cuatro años.
Además, los diputados prohibieron el traslado de menores de 12 años en asientos delanteros de los autos, un tope que hasta ahora alcanzaba a los menores de 10 años.
La ley fue aprobada con 49 votos positivos en el marco de la sesión ordinaria y fue propuesta por el diputado Claudio Palmeyro, presidente de la Comisión de Tránsito y Transporte.
Puntualmente, el texto establece que los asientos especiales podrán ser “los diferentes tipos de butacas adaptables a los niños disponibles en Argentina, sistemas o dispositivos de retención infantil correspondiente a su peso o altura debidamente homologado que cumpla los requisitos establecidos”.
Además, contempla que “el conductor o la conductora, titular o responsable de un vehículo que traslade a menores de 12 años o con una altura menor a 1,50 metros sin utilizar el sistema o dispositivo de retención infantil correspondiente será sancionado con una multa de 100 unidades fijas (UF), las que equivale al precio de 1,5 litros de nafta de mayor octanaje.
Los infractores también podrán ser penados con la obligación de asistir “a un curso sobre la importancia del uso de los Sistemas de Retención Infantil dictado por la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte o por quien se encuentre delegado”.
Usando correctamente un sistema de retención infantil se reduce en forma drástica el riesgo del niño de, ante un siniestro vial, sufrir lesiones graves e incluso fatales.
Los niños no tienen las mismas proporciones físicas que los adultos.
Su peso corporal está distribuido en mayor proporción en la parte superior de su cuerpo.
Considerando el desarrollo óseo y muscular a edades tempranas, resulta claro que los niños NO son adultos en miniatura.
El cinturón de seguridad en los vehículos sujeta de forma adecuada a pasajeros a partir de 1.20 metros de altura.
Los niños no deben viajar con cinturón de 2 puntas (abdominal) en ningún caso.
Ahora, más allá de estas consideraciones, la norma que se aplica en la capital federal llama la atención por el notable incremento de la edad que se exige para la utilización de estos dispositivos de protección a los menores, que se aleja de los parámetros que se aplican en el resto del país.
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