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Buscan que los condenados en el caso del albañil Núñez no se beneficien con el 2x1

Según manifestó el abogado de Mirna Gómez, por una serie de disposiciones legales es posible que los condenados a prisión perpetua puedan pedir quedar en libertad cumpliendo sólo diez años de prisión   

Buscan que los condenados en el caso del albañil Núñez no se beneficien con el 2x1
8 de Junio de 2017 | 05:42

El abogado Ernesto Ferreira, representante legal de la viuda de Andrés Nuñez, Mirna Gómez, y de la hija del joven albañil que falleció hace 27 años después de haber sido detenido en forma ilegal y posteriormente torturado en la Brigada de investigaciones de la Ciudad, brindó nuevos detalles sobre la causa. 
 
En esta oportunidad, después de los dos juicios orales que se llevaron adelante, el objetivo del cuerpo de letrados que representa a la familia de Núñez es que los condenados en el primer proceso cumplan la condena de prisión perpetua que les fue dictada hace años y no se beneficien por el conocido dos por uno. "Lo que estamos intentando materialmente es que la pena de estos condenados no se licue" manifestó el dr. Ferreira en diálogo con JUSTICIA EN PRIMERA PERSONA
 
En 2010 fueron condenados a prisión perpetua el ex sargento Jorge Alfredo González, por “privación ilegal de la libertad y torturas seguidas de muerte”, y el ex cabo Víctor Dos Santos, por el segundo de los delitos.
 
Sobre este punto indicó que "entre el dos por uno y la vieja versión del artículo 13 del Código Penal se abría la posibilidad de que con apenas 10 o 12 años de cumplida la pena los condenados pudieran acceder a derechos de ejecución, lo cual nos pareció totalmente desproporcionado si se mira la magnitud del delito que habían cometido. "Es una muy buena novedad para Mirna que incansablemente ha estado detrás del caso"sostuvo. 
 
Señaló al respecto que "Casación ha dictado un fallo hace pocos días en el marco de la etapa de ejecución de uno de los condenados. obligando a la Cámara de apelación de La Plata a que trate el recurso presentado por el particular damnificado contra una decisión que le había concedido a los condenados por esta causa una serie de derechos durante la etapa de ejecución"
 
Y añadió que "lo novedoso es que no se ha aplicado la letra fría del Código Procesal en cuanto a que en la etapa de ejecución el damnificado no tiene legitimación ni intervención alguna. Como habíamos hecho un planteo de cuestiones federales la Casación le dice a la Cámara que al menos analice esas cuestiones federales y que no basta con la mera cita del artículo del Código que dice que el damnificado no interviene en la etapa de ejecución". 
 
 

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