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Prohíben detener a menores por contravenciones en La Plata

Así lo dispuso un juez contencioso administrativo al hacer lugar a un habeas corpus colectivo. Tampoco podrán ser llevados a comisarías por averiguación de identidad ni para ser entregados a los padres. Lo considera inconstitucional

Prohíben detener a menores por contravenciones en La Plata

Prohíben detener a menores por contravenciones en La Plata

31 de Octubre de 2008 | 01:00
Los policías bonaerenses que cumplan funciones en jurisdicción de La Plata no podrán detener menores por contravenciones, averiguación de identidad, pedidos de captura o para ser "entregados" a sus familias. Así lo resolvió el juez en lo Contencioso Administrativo, Luis Arias, al hacer lugar a un habeas corpus colectivo presentado para que se declare inconstitucional la privación de la libertad de menores que no hayan cometido delitos.

El pedido fue presentado por el titular de la Defensoría Oficial Nº 16 de La Plata, Julián Axat, quien planteó en el habeas corpus que los niños, niñas y jóvenes de esta ciudad "padecen una amenaza actual, inminente y potencial a partir del cercenamiento de su libertad ambulatoria, realizado con motivo de ilegales, arbitrarias e inconstitucionales figuras policiales que se llevan a cabo sin el debido control judicial del fuero especializado".

El funcionario judicial sostuvo que estas "figuras policiales" son las "contravenciones", "detención por averiguación de identidad", aprehensiones registradas como "entrega de menor" y "pedidos de captura" o averiguaciones de paradero de menores no actualizadas.

Axat denunció que pese a regir el nuevo fuero juvenil persiste un sistema "policial-discrecional subterráneo, sin control judicial alguno, que ejercita la policía, para privar de la libertad a menores de 18 años, bajo figuras o vías de hecho anacrónicas (contravención y averiguación de identidad), o sin justificativo, pero registradas bajo el lema 'entrega menor', vinculadas al espíritu del viejo sistema denominado Patronato de la Infancia y Proceso Inquisitivo".

El defensor oficial consideró que la privación de la libertad policial de menores de 18 años por aplicación de figuras contravencionales "constituye rémoras de actos policiales que provienen de la antigua potestad de policía del Estado, cuyo origen puede ser hallado en el control de la moralidad, la higiene, orden público y las buenas costumbres de la población".

Sostuvo, en tanto, que la detención de menores de edad por averiguación de identidad "encuentra su justificación en viejas políticas 'de mano dura' estatal que prefieren anticiparse al delito por medio de un severo control social de los sectores vulnerables, detectando la presencia de posibles sospechosos en determinados lugares".

En el caso de la figura denominada "entrega de menor", el funcionario remarcó que "constituye una vía de hecho administrativa, carente de todo sustento normativo".

Axat señaló que "todas esas prácticas deben quedar de lado y ser declaradas ilegales, pues ponen en riesgo continuo la libertad ambulatoria de los menores, a la vez que resultan incompatibles con el nuevo sistema de protección y promoción de derechos".

FALLO

El juez Arias hizo lugar al habeas corpus y prohibió a los policías de las comisarías con jurisdicción en el Departamento Judicial de La Plata detener a menores de edad bajo alguna de las modalidades cuestionadas.

Arias sostuvo que "no resulta razonable que habiendo renunciado el Estado a la posibilidad de sancionar penalmente a un menor de 18 años por la comisión de determinados delitos, se promueva la aplicación de sanciones a los mismos por infracciones contravencionales".

Consideró además que la aprehensión de un menor para constatar su identidad y determinar si alguna autoridad lo requiere penalmente, teniéndolo demorado por varias horas, "constituye una privación de la libertad arbitraria, ilegal e inconstitucional".

Sobre la figura "entrega de menor" para los casos en los que alguno de ellos sea encontrado en situación "de riesgo en la vía publica", el juez dijo que "no se advierte la existencia de norma alguna que respalde o fundamente dicho accionar por parte del personal policial".

Por ese motivo, el juez ordenó al ministerio de Seguridad que instruya a los policías para que "se abstengan de aprehender o detener a menores de edad" por contravenciones, averiguación de identidad o figuras como "entrega de menor".

También ordenó al ministerio conducido por Carlos Stornelli "la urgente actualización de los registros policiales sobre pedidos de captura o averiguación de paradero de menores de edad".


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