El azul y amarillo de Boca es una "marca"
| 3 de Noviembre de 2010 | 00:00

La Cámara en lo Civil y Comercial equiparó a una "marca" el azul y amarillo del Club Boca Juniors y confirmó el fallo que prohibió a una firma comercializar productos textiles con motivos alusivos al fútbol, con esos colores, combinados y dispuestos como los tiene la institución. Fuentes judiciales confirmaron que el fallo fue dictado ante la demanda promovida por el club contra Superblank SRL, para que cesara en el uso de las marcas de su propiedad "a través de todos los medios de identificación, emblemas, combinación de colores azul y amarillo, leyendas y cualquier otro signo".
En primera instancia se condenó además a la empresa a la publicación de la sentencia, a pagar las costas del juicio y se ordenó el comiso y donación a una entidad de bien público de los productos en infracción aún en poder de la demandada, lo que originó la apelación y la intervención de la Cámara.
La firma sostuvo que la aplicación de los colores azul y amarillo en sábanas, toallas y cubrecamas no constituye por sí misma a una violación a los derechos exclusivos de Boca y que el club sólo reivindica una "particular disposición" de esos colores en escudos y camisetas, pantalones y medias de fútbol.
La Cámara recordó que la ley 22.362 prevé que pueden registrarse como marcas para distinguir productos y servicios "las combinaciones de colores aplicadas en un lugar determinado de los productos o de los envases", en tanto sea "original" y "con aptitud de cumplir su función de individualización".
En primera instancia se condenó además a la empresa a la publicación de la sentencia, a pagar las costas del juicio y se ordenó el comiso y donación a una entidad de bien público de los productos en infracción aún en poder de la demandada, lo que originó la apelación y la intervención de la Cámara.
La firma sostuvo que la aplicación de los colores azul y amarillo en sábanas, toallas y cubrecamas no constituye por sí misma a una violación a los derechos exclusivos de Boca y que el club sólo reivindica una "particular disposición" de esos colores en escudos y camisetas, pantalones y medias de fútbol.
La Cámara recordó que la ley 22.362 prevé que pueden registrarse como marcas para distinguir productos y servicios "las combinaciones de colores aplicadas en un lugar determinado de los productos o de los envases", en tanto sea "original" y "con aptitud de cumplir su función de individualización".
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