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El pequeño tenía 6 años. El acusado era su profesor de gimnasia, en Florida. Redujeron la condena casi a la mitad
Los hechos ocurrieron en marzo de 2010. Un Tribunal de San Martín condenó al acusado a 6 años de cárcel, pero la Sala I de Casación bajó la pena a 3 años y 2 meses. Lo analizará la Corte
El Tribunal de Casación Penal bonaerense redujo la pena a un hombre que había sido condenado por violar a un niño de 6 años, argumentando la supuesta orientación sexual de la víctima. Los fiscales de Casación Carlos Altuve y Jorge Roldán recurrieron a la Corte Suprema bonaerense, que resolvió la admisibilidad preliminar de ese recurso, informaron fuentes judiciales.
Aunque recién trascendió ahora, la polémica sentencia de la Sala I -integrada por los jueces Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués- es del 2 de junio del año pasado, cuando redujeron de 6 años a 3 años y 2 meses de prisión la sentencia a un profesor de educación física que había sido condenado por abuso sexual gravemente ultrajante.
Los magistrados lo recalificaron como abuso sexual simple, eliminando una circunstancia agravante consistente en el aprovechamiento del estado de indefensión de la víctima. El argumento resulta por lo menos sorprendente, ya que en el fallo se alude a “la elección sexual de la víctima”, que al momento de los hechos tenía 6 años.
El imputado, Mario Tolosa, se desempeñaba como vicepresidente del Club Florida. El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 3 del Departamento Judicial de San Martín lo encontró culpable de haber abusado del menor el 6 de marzo de 2010, en aquella localidad del partido de Vicente López.
Según el veredicto, ese día el dirigente pasó a buscar al niño para llevarlo a entrenar, y, una vez en el campo de juego “lo llevó a un baño y lo sometió sexualmente. Al regresar a su casa el nene -que es identificado sólo con la inicial ‘G’-, le contó a su abuela lo sucedido”, dijeron fuentes oficiales. La mujer radicó la denuncia correspondiente.
A Tolosa le aplicaron una pena de 6 años por “abuso sexual gravemente ultrajante”, por lo que su defensor particular interpuso un recurso de casación denunciando arbitrariedad de sentencia. Y hace casi un año la Sala I le redujo la sanción a 3 años y dos meses.
En esa resolución los jueces argumentaron que “es claro que la elección sexual del menor, malgrado la corta edad, a la luz de los nutridos testimonios de sus próximos, ya habría sido hecha (conforme a las referencias a la recurrencia en la oferta venal y al travestismo)”.
Y agregan “ignoro en qué medida tenga esta aproximación que permiten formular esos aportes su causa en el pasado más remoto del pequeño niño cuyo padre fuera preso por abusador y cuya madre lo abandonara a merced de una abuela que -con todo- no ha demostrado (el fallo lo destaca) demasiado interés en el desarrollo del mismo.”
Los jueces Piombo y Sal Llargués ya habían fallado en sentido parecido en 2011, cuando solicitaron la reducción de la pena impuesta a un pastor acusado de abusar de dos niñas de 14 y 16 años, argumentando que “son de un nivel social que acepta relaciones a edades muy bajas”.
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