TEMAS DE HOY:
PUBLICIDAD

Los recaudos que se deben tener a la hora de firmar un pagaré

Por Redacción

El Dr. Hiiters, profesor especializado en la materia, habló en JUSTICIA EN PRIMERA y además de entregar algunas recomendaciones a la hora de operar con este instrumento financiero dio detalles de cómo deberá ser su uso a partir del 1 de agosto

Juan Manuel Hitters, profesor en la facultad de Derecho de la UNLP, explicó que el pagaré es una forma de crédito que se inventó hace ocho siglos con el objetivo de fomentar el comercio, por lo que recomendó, "teniendo ciertos resguardos", confiar en su uso.

Especificó que a la hora de generar un pagaré, entre las partes, "se debe tener especial cuidado cuando se firma y se rellenan los campos de información". Este tipo de errores y distracciones, según la opinión del letrado, "son los que suelen dar lugar a fraudes y estafas" y es por ello que hizo hincapié en que "se debe especificar al menos el nombre de quien lo recibirá y el monto a percibirse".

"El pagaré tiene la particularidad de ser un documento que con la sola firma del deudor es válido, es decir, que la persona que firma en blanco este tipo de instrumento financiero le deja al acreedor el mandato implícito de completarlo" apuntó.

INTERESES DISFRAZADOS

Un tema que fue catalogado por el propio especialista con el rótulo de "suma importancia" fue el que se refiere a los "intereses disfrazados". Con el nuevo Código Civil y Comercial, que entrará en vigencia a partir del 1 de agosto, esta figura delictiva está tipificada y obliga al magistrado a que se revise si las tasas pactadas son abusivas.

Señaló al respecto que, "si bien hasta ahora esta forma de usura estaba contemplada en las leyes del consumidor", de todos modos "una porción de los intereses siguen cargándose al precio de contado de los productos".

El objetivo de esta maniobra es "achicar el tamaño de la tasa de interés que se cobra y de este modo no generar sospechas de fraude".

Por ello pidió que para prevenir este ilícito debe al menos pedirse que se especifique el precio de contado del producto, una maniobra que obligará al vendedor la detallar el monto a cobrar por la financiación.

¿DONDE SE DEBE EJECUTAR EL PAGARÉ?

Otra nueva modalidad "abusiva" que, con el nuevo Código Civil y Comercial ya no podrá practicarse, es el del lugar en el que se ejecutará el pagaré en el caso de cumplirse con la obligación.

Con respecto a la jurisdicción, el juicio se realizará de acuerdo al domicilio del consumidor, una acción que prevé que quien esté procesado tenga la posibilidad de defenderse.

Como relató Hitter "esta circunstancia no solía darse porque los litigios, en la mayoría de las ocasiones, se terminaban analizando en otros distritos no dándole la posibilidad al acusado de defenderse".

Sobre el final de la entrevista que brindó en LA REDONDA, el especialista detalló que "si bien estas figuras delictivas están previstas por las leyes del consumo", ahora, con la nueva normativa que entrará en vigencia en menos de dos meses, "los magistrados tendrán la obligación de revisar sus fallos".

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE a esta promo especial
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Registrate gratis para seguir leyendo

Ya leíste varias notas de El Día. Creá tu cuenta gratuita y seguí accediendo al contenido del diario.

¿Ya tenés cuenta? Ingresar

Has alcanzado el límite de notas gratuitas

Suscribite a uno de nuestros planes digitales y seguí disfrutando todo el contenido de El Día sin restricciones.

Básico Promocional mensual

$570/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional mensual

$740/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

Para disfrutar este artículo, análisis y más, por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Básico Promocional mensual

$570/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional mensual

$740/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme
PUBLICIDAD