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No extraditarán a Deluca y los Jinkis

Por Redacción

El juez federal Claudio Bonadio rechazó extraditar a los Estados Unidos a los empresarios Hugo y Mariano Jinkis y el ex secretario general de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), Eduardo Deluca, involucrados en el escándalo de sobornos de la FIFA.

La justicia de los Estados Unidos les imputó a los Jinkis haber pagado sobornos para obtener los derechos de televisación de partidos de fútbol para su empresa Full Play y acusó a Deluca de haberlos cobrado en su calidad de dirigentes deportivo.

Bonadio emitió un fallo de 84 páginas en el que sostuvo, entre otras cosas, que algunos de los delitos que se les atribuyen a los empresarios imputados y al dirigente imputados por la justicia de primera instancia de Nueva York no están tipificados concretamente en la Argentina.

los delitos que les imputaron

A los Jinkis y Deluca les fue imputada la comisión de los delitos de “asociación ilícita para cometer delincuencia organizada”, “asociación ilícita para cometer fraude electrónico” y “asociación ilícita para cometer lavado de activos” en el marco de una causa en la que, según remarca el fallo de Bonadio, investiga sobornos entre privados.

“No existe en la legislación penal argentina nada que se asemeje siquiera al denominado ‘fraude electrónico/por cable’, ni ‘defraudar un derecho intangible de servicios honestos’, ni que penalice el “soborno comercial” entre personas o sociedades o entidades de naturaleza privada, todos ellos delitos de la legislación de los EE UU”, sostuvo Bonadio.

El magistrado también recordó que en la Argentina hay una causa caratulada “Jinkis, Hugo Víctor y otro s/ Defraudación contra la administración pública” por lo que advirtió sobre el hecho de que pudieran tener un doble juzgamiento por los mismos hechos, algo que no está permitido por la legislación nacional.

“Los Jinkis y Deluca deberían afrontar por los mismos hechos dos investigaciones en curso en distintas jurisdicciones: una en Nueva York y otra en Buenos Aires, lo cual evidentemente constituiría una afectación a sus garantías constitucionales, amparadas no sólo en nuestra Carta Magna sino a la vez también, en Tratados Internacionales que velan por las garantías del proceso que a todo imputado le cabe”.

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