La reforma electoral, con viento a favor para debutar en el 2017
| 22 de Octubre de 2016 | 02:57

La idea del oficialismo y un amplio sector de la oposición es apurar la reforma electoral para ponerla en marcha en las elecciones legislativas del próximo año. Será un cambio con varias aristas y tendrá un singular impacto en la vida política.
Los siguientes son los principales puntos del proyecto de reforma política que ya fue aprobado por la Cámara de Diputados con amplia mayoría:
-Incorpora el artículo 14 bis al Código Electoral Nacional la utilización de tecnologías al proceso electoral con garantías de auditabilidad, privacidad, seguridad, equidad, accesibilidad, confiabilidad, confiabilidad, simplicidad, claridad y respaldo en papel del sufragio con la misma información expresada en la pantalla que servirá de respaldo del escrutinio provisorio electrónico.
-Habrá fiscales de mesa, fiscales informáticos y fiscales generales de los partidos políticos.
-En las Primarias Abiertas y Simultáneas (PASO) el elector va a tener que elegir por cada categoría de cargos. La oferta electoral no tendrá fórmula Presidente y vice, sino que solo irá candidato a Presidente, quien deberá seleccionar dentro del plazo de 48 horas su candidato a vicepresidente.
-Se crea un Consejo de Seguimiento. Al menos 240 días antes de las elecciones primarias el ministerio del Interior constituirá el Consejo de Seguimiento de las Elecciones integrado por los apoderados de las agrupaciones políticas de orden nacional.
-Se crea el Registro de los candidatos y pedido de oficialización de listas.
- Se modifica la ley de partidos políticos -esto no estaba en el proyecto original del Poder Ejecutivo- para elevar el actual cupo femenino del 30 por ciento a una nueva regla de paridad de género del 50 por ciento, intercalado uno y una. Esta reforma, como se sabe, ya es ley en la Provincia.
-La Cámara Nacional Electoral establecerá los lineamientos generales del Protocolo de Acción para el día del comicio respecto de la Auditoría de verificación del sistema reglamentará el protocolo para verificar el correcto funcionamiento del sistema de sufragio con boleta de papel impresa mediante dispositivo electrónico.
-En caso que existan dudas acerca de la identidad del elector, el presidente de mesa o fiscales partidarios podrán realizar su impugnación pero no impedir el voto. La autoridad tomará los datos de filiación del elector y la impresión dígito pulgar tanto en el formulario como en el sobre para voto de identidad impugnada que la justicia electoral enviara a tal fin. Dicho sobre será remitido a la Junta Electoral Nacional para que decida sobre su validez.
-La Cámara Nacional Electoral realizará la recepción, totalización y difusión de los resultados provisorios, para lo cual deberá utilizar la infraestructura y los recursos tecnológicos de que dispone el Estado nacional.
-El juez federal con competencia electoral designará a un funcionario que actuará como Delegado de la Justicia Nacional Electoral como nexo entre ésta y las autoridades de mesa, los fiscales, la ciudadanía, y el personal de seguridad.
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