
Milei en La Plata: zona "blindada" por el congreso libertario y protestas que complican el tránsito
Milei en La Plata: zona "blindada" por el congreso libertario y protestas que complican el tránsito
Detuvieron a un ginecólogo en una clínica de La Plata: lo acusan de abuso sexual a una paciente
Nuevo aumento en el precio del boleto de micro en La Plata: los valores y desde cuándo rigen
Por otro paro mañana tampoco habrá clases en varias escuelas de La Plata y la Región
¿"La piedra de Tandil" por Joni Viale? Feinmann y una foto sugestiva tras la eliminación de River
Duro revés para Wanda Nara: Mauro Icardi se llevará a sus hijas, autorizado por la Justicia
Estallaron los memes por la temprana eliminación de River en el Mundial de Clubes
Otro finde con Colapinto en la Fórmula 1: la agenda del argentino en el Gran Premio de Austria
"Estrellas y Estrellados", mañana con EL DIA: escándalos, farándula y la cartelera más completa
Destrozó el buffet universitario donde trabajaba y subió el video a Tik Tok
Mayra Mendoza se tatuó una tobillera como gesto hacia Cristina
Detuvieron a un hombre por amenazar de muerte a Patricia Bullrich en redes sociales
Desfile de película en Reggia di Caserta: Max Mara presentó su colección Resort 2026
Universitario: tras el fallo, la comisión directiva respaldó al presidente
LLA y el PRO, más cerca de un acuerdo en la Provincia, pero no aflojan los tironeos
Oportunidad para vender su auto usado publicando GRATIS sábado y domingo
"Somos...": Javier Milei habló sobre los rumores de reconciliación con Fátima Florez
Gran Hermano 2025: la frase que Luz Tito le dijo al oído a Tato Algorta ¿Le tiró onda?
Una mañana con escarcha y bajo cero en La Plata: la ola polar no afloja y ¿llueve el finde?
Los colegios y la difícil misión de encontrar docentes: qué cargos tienen mayor demanda
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
No existe duda alguna de que una de las notas que definen actualmente al federalismo fiscal argentino es el alto grado de litigiosidad que lo rodea.
Frente a este grave panorama la justicia se ha encargado de emitir diversos pronunciamientos, a veces encontrados, de los cuales me he ocupado en anteriores publicaciones.
En esta oportunidad haré especial mención a un reciente pronunciamiento judicial dictado por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata en los autos “El Marisco SA”.
Allí el actor impugnó la constitucionalidad de la Ley Nº 13.850, en virtud de la cual dejó de gozar de la exención en el impuesto sobre los Ingreso Brutos obtenida fruto de la adhesión de la provincia de Buenos Aires al Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el crecimiento de 1993 (Pacto II).
El fallo resulta interesante por cuanto, para declarar finalmente la inconstitucionalidad de la normativa impugnada, aborda dos temáticas fundamentales del federalismo fiscal: 1) Una cuestión ya discutida en doctrina y jurisprudencia, que refiere a la posibilidad de que las Provincias denuncien los pactos fiscales en los que han asumido diversas obligaciones; y 2) Una cuestión novedosa, referida al alcance de las atribuciones de la Comisión Federal de Impuestos (CFI) para dictar una resolución general interpretativa (RGI) sobre aspectos controvertidos de los mencionados pactos.
Sobre la primera de las temáticas la Cámara hace suya la contundente doctrina de la Corte Suprema nacional en virtud de la cual: a) los pactos fiscales “constituyen manifestaciones positivas del llamado federalismo de concertación”; b) se ubican “con un rango normativo específico dentro del derecho federal.
Prueba de su categoría singular es que no es posible su derogación unilateral por cualquiera de las partes (Fallos: 322: 1781 y sus citas)”; y c) “La esencia misma del derecho intrafederal impone concluir que las leyes-convenio y los pactos que lo componen no se encuentran en una esfera de disponibilidad individual de las partes, y solo pueden ser modificados por otro acuerdo posterior de la misma naturaleza, debidamente ratificado por leyes emanadas de las jurisdicciones interviniente”.
Ahora bien, a la par de receptar la doctrina de la Corte Suprema, la Cámara realiza un agregado que arroja más dudas que certezas. Sostiene el fallo que la imposibilidad de derogar o modificar unilateralmente las obligaciones asumidas en el Pacto II encuentra su excepción en la materialización del “procedimiento de denuncia del Convenio”. Ello genera incertidumbre esencialmente por dos cuestiones. Primero por el hecho de que la jurisprudencia de la Corte citada al efecto (el conocido caso “El Cóndor” de 2001) no sostiene lo que la Cámara afirma. Segundo, por cuanto el Pacto II no regula expresamente un mecanismo para su denuncia. Por ello, es este sentido el fallo que se analiza carece de solidez.
En lo que respecta a la segunda de las temáticas que el fallo analiza, la Cámara pone en crisis la RGI Nº 35/14 de la CFI, que fuera utilizada por el Fisco como fundamento (sin éxito) para enervar la operatividad del Pacto II. Esta Resolución, recuerdo, al analizar la situación de los compromisos asumidos por las Provincias en el Pacto II, interpretó que: 1) Los compromisos prorrogados sobre los que no ha existido acto alguno de aplicación suspende la exigibilidad del Pacto, en tanto dichas prorrogas se encuentren vigentes; y 2) Resulta legítimo modificar, en el marco de las prorrogas, los regímenes tributarios locales, en tanto ello no implique la vulneración de la leyes convenio de coparticipación federal. Para interpretar la cuestión de tal manera la CFI remarcó que el asunto involucraba la soberanía estadual, es decir, las atribuciones constitucionales de las Provincias en materia fiscal, por lo que cualquier interpretación que al efecto se realice debe efectuarse con particular estrictez. Agregó la CFI que no resulta constitucionalmente admisible la renuncia definitiva por parte de una provincia al ejercicio de sus poderes de imposición sino por vía de una reforma constitucional y que a la luz del poder de imperio de un fisco local, indispensable para allegar recursos a sus arcas y atender necesidades públicas, no puede sostenerse la existencia de una suerte de derechos adquiridos irrevocables en los contribuyentes.
Sin perjuicio de ello y reconociendo la idoneidad técnica de la CFI, la Cámara resuelve no “acompañar la interpretación propiciada por el citado organismo”, por cuanto (a su entender) la misma implica en los hechos una “encubierta abrogación” del Pacto II, no encontrándose facultado para proceder de dicha manera.
Frente al estado de situación descrito habrá que esperar la sentencia de la Suprema Corte de Justicia bonaerense para conocer el criterio definitivo en un asunto que, como el aquí tratado, requiere de reglas claras.
Leonardo Behm, abogado especialista en derecho tributario, Asociación Bonaerense de Estudios Fiscales (ABEF).
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$650/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6100
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$500/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3950
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí