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Ciencias económicas

Por Redacción

ACTUACIONES WEB

Desde el mes de noviembre se encuentra habilitada una nueva opción denominada “Actuaciones Web”, dentro de la sección CPBA On line de la página web del Consejo. Su utilización será de carácter optativo. En esta primera etapa y por tratarse de un período de consolidación, sólo estará disponible para los matriculados de la Delegación La Plata. Actuaciones Web ofrece nuevas funcionalidades que permitirán a los matriculados, la carga de los datos de sus actuaciones profesionales y su envío a la Delegación a través de la página web, la que capturará dichos datos para continuar y culminar los respectivos trámites de autenticación cuando los profesionales o los terceros a quienes ellos encomienden la gestión, se presenten a esos fines con la documentación necesaria correspondiente. No obstante brindará, entre otras, las siguientes prestaciones útiles a los profesionales: cálculo de los honorarios mínimos exigidos por ley para las labores habilitadas, cálculo de los aportes y contribuciones correspondientes y generación e impresión de las boletas para pago en banco, minimizando el margen de error en los cálculos; cálculo de los valores de TAP en base a las escalas vigentes, conforme a las labores y cantidades de copias cargadas y posibilidad de generación e impresión de las notas de cobro de honorarios conforme a cualquiera de los modelos vigentes.

Cualquier sugerencia o inquietud puede enviarse a la casilla de mail dlglaplata@cpba.com.ar.

NUEVO CONVENIO

La Delegación La Plata informó que se ha firmado un nuevo convenio con el Colegio Lincoln por el cual los hijos o nietos de los profesionales podrán disfrutar de los servicios de la Colonia de vacaciones teniendo un descuento preferencial en la cuota. Para hacer uso de este descuento deberán presentar la credencial activa o una constancia de matricula al día. Para mayor información comunicarse con el Colegio.

APORTES MINIMOS

Los afiliados que ejercen la profesión en relación de dependencia y se encuentran obligados a efectuar aportes a otros regímenes previsionales, pueden reducir al 50% la cuantía de sus aportes mínimos.

La reducción se encuentra reglamentada a través de la Res. N° 2879 y sus modificatorias, Res. N° 3021 y 3124.

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