El juez Julián Ercolini direccionó su investigación a las responsabilidades en el manejo de la obra pública. Desde la gravedad institucional, el magistrado los acusa esencialmente de “violar” su deber de administradores y de “apoderarse ilegítimamente” de fondos asignados a la obra pública, hasta el último día de gestión del gobierno anterior, más allá de endilgarles haber conformado una “asociación” para cometer delitos”. Estos son textualmente los párrafos más salientes del procesamiento en su escrito:
*Cristina Fernández y el resto de los procesados “habrían formado parte de una asociación, la que habría funcionado al menos, entre el 8 de mayo del año 2003 y el 9 de diciembre de 2015, destinada a cometer delitos, para apoderarse ilegítimamente y de forma deliberada de los fondos asignados a la obra pública vial, en principio, en la provincia de Santa Cruz”.
*Cristina Fernández y el resto del grupo de procesados “habrían perjudicado los intereses confiados al violar su deber de administrar y cuidar fielmente los bienes del Estado nacional que en función de las atribuciones otorgadas por la Constitución Nacional, leyes y decretos, respectivamente, se encontraban bajo la órbita de su responsabilidad, con el fin de procurar un lucro indebido propio o de terceros, como por ejemplo, el del empresario Lázaro Antonio Báez”.
*Cristina Fernández “habría perjudicado los intereses confiados al violar su deber de administrar y cuidar fielmente los bienes del Estado nacional que estaban bajo la órbita de su responsabilidad, en función de su calidad de jefa de gobierno y responsable política de la administración general del país”.
Mientras, para ara marcar cómo el grueso de la operatoria de la obra pública que pasó por la Dirección de Vialidad Nacional (DNV) fue direccionada hacia las empresas de Lázaro Báez, el juez Ercolini detalló más de una docena de presuntos beneficios, sobre todo si las construcciones se realizaban en Santa Cruz y hasta mencionó una Resolución que nunca se dio a conocer, pero que las empresas del Grupo Báez. principalmente Austral Construcciones, utilizaba para conseguir el anticipo de fondos.
“De un total de ochenta y ocho obras llevadas a cabo en esa jurisdicción en el período 2004-2015, 52 obras se contrataron con empresas relacionadas con Báez que, recordemos, devino en empresario de la construcción en el año 2003”, argumenta el magistrado.
Entre las anomalías relatadas, el escrito señala que una Resolución tomada por el Administrador General de la DNV, el ahora procesado Nelson Periotti, “se creó un modelo de convenio de carácter general, para que, en los casos en los que las empresas padecieran situaciones ajenas a la repartición, como ser de fuerza mayor (inundaciones, terremotos, etc.), se pudiera agilizar y anticipar el pago de certificados de obras”.
Lo destacable del asunto fue que dicha resolución nunca se dio a conocer -y así lo certificó la Cámara Argentina de la Construcción- y que este modelo de pago anticipado sólo fue “utilizado exclusivamente por empresas del grupo”, tal lo que declararon dos funcionarios de la DNV.
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